Artículo 102 — Insolvencia y Reemprendimiento (20.720)
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Cualquier empresa con problemas financieros tiene derecho a negociar y firmar un Acuerdo de Reorganización Extrajudicial directamente con sus acreedores fuera de tribunales, sometiéndolo posteriormente a la aprobación formal del juez competente.
Artículo 102.- Legitimación. Toda Empresa Deudora podrá celebrar un Acuerdo de Reorganización Extrajudicial con sus acreedores y someterlo a aprobación judicial, conforme a lo establecido en el presente Título. Para los efectos de este Título se denominará indistintamente Empresa Deudora o Deudor.
Fuente: BCN / LeyChile ↗