Artículo 103

Artículo 103Insolvencia y Reemprendimiento (20.720)

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

El tribunal encargado de revisar y aprobar judicialmente un acuerdo de pagos extrajudicial es el mismo Juzgado de Letras Civil que habría sido competente para tramitar un juicio común de reorganización de la empresa.

Texto oficial

Artículo 103.- Competencia. Será competente para aprobar el Acuerdo Extrajudicial el tribunal que hubiere sido competente para conocer de un Procedimiento Concursal de Reorganización del Deudor de acuerdo a esta ley.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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