Artículo 183 — Insolvencia y Reemprendimiento (20.720)
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Todos los acreedores y representantes legales que asistan físicamente a las juntas de quiebra deben firmar obligatoriamente una lista de asistencia entregada por el liquidador, indicando sus nombres, datos de deudas y apoderados delegados.
Artículo 183.- Nómina de asistencia. Los acreedores que asistan a las Juntas de Acreedores que se celebren con arreglo a este Párrafo deberán suscribir la correspondiente nómina de asistencia que al efecto proporcione el Liquidador, indicando su nombre completo o razón social y la individualización del apoderado que asiste en su representación, en su caso. Igual deber pesará sobre el Deudor.
Fuente: BCN / LeyChile ↗