Artículo 85 — Ley de Copropiedad (21.442)
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
La inscripción en el Registro Nacional se realiza en línea a través de la plataforma digital del Ministerio de Vivienda. El ministerio mantendrá los datos actualizados de los administradores, detallando los condominios que gestionan y las sanciones aplicadas en su contra.
Artículo 85.- La inscripción en el Registro Nacional se realizará por el interesado en la plataforma digital que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo disponga al efecto, el que deberá mantener el señalado registro actualizado, identificando los administradores y los condominios en que prestan servicios, las sanciones impuestas, así como las incorporaciones y retiros del Registro Nacional.
Fuente: BCN / LeyChile ↗