Artículo 1120

Artículo 1120Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si te dejaron una parte de un predio o terreno como legado, ten claro que esto incluye automáticamente todas las servidumbres necesarias para que puedas usarlo o cultivarlo tranquilamente, tal como si fueran parte esencial de lo que te fue heredado.

Texto oficial

Art. 1120. Si se deja parte de un predio, se entenderán legadas las servidumbres que para su goce o cultivo le sean necesarias.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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