Artículo 1153

Artículo 1153Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si el asignatario fallece, sus herederos tienen el derecho de 'transmisión' para reclamar lo que le correspondía. Este derecho de transmisión de los herederos es preferente y excluye el derecho de acrecer de los otros coasignatarios.

Texto oficial

Art. 1153. El derecho de transmisión establecido por el artículo 957, excluye el derecho de acrecer.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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