Artículo 1193 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si lo entregado como legítima supera la mitad de los bienes, el exceso se descuenta de la cuarta de mejoras. Además, si el cónyuge no recibió lo mínimo que le corresponde por ley, la diferencia se paga usando esa misma cuarta de mejoras.
Art. 1193. Si lo que se ha dado o se da en razón de legítimas excediere a la mitad del acervo imaginario, se imputará a la cuarta de mejoras, sin perjuicio de dividirse en la proporción que corresponda entre los legitimarios. Si lo que se ha asignado al cónyuge sobreviviente no fuere suficiente para completar la porción mínima que le corresponde en atención a lo dispuesto en el artículo 988, la diferencia deberá pagarse también con cargo a la cuarta de mejoras.
Fuente: BCN / LeyChile ↗