Artículo 1258

Artículo 1258Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si aceptas con beneficio de inventario, te haces responsable de cobrar las deudas a favor de la herencia. Si no logras cobrar algo sin que sea por tu culpa, debes probarlo y entregar los títulos a los interesados para liberarte.

Texto oficial

Art. 1258. Se hará asimismo responsable de todos los créditos como si los hubiese efectivamente cobrado; sin perjuicio de que para su descargo en el tiempo debido justifique lo que sin culpa suya haya dejado de cobrar, poniendo a disposición de los interesados las acciones y títulos insolutos.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

Preguntar a AbogaBot sobre este artículo →