Artículo 1264

Artículo 1264Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si demuestras que eres el verdadero heredero, tienes derecho a que te entreguen la herencia que alguien más está ocupando. Esto incluye bienes físicos, derechos y hasta cosas que el fallecido tenía en su poder sin ser el dueño total.

Texto oficial

Art. 1264. El que probare su derecho a una herencia, ocupada por otra persona en calidad de heredero, tendrá acción para que se le adjudique la herencia, y se le restituyan las cosas hereditarias, tanto corporales como incorporales; y aun aquellas de que el difunto era mero tenedor, como depositario, comodatario, prendario, arrendatario, etc., y que no hubieren vuelto legítimamente a sus dueños.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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