Artículo 1288 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si el albacea tiene la tarea de pagar las deudas de la herencia, debe hacerlo siempre con la participación de los herederos que estén presentes o del curador encargado, si es que la herencia está en condición de yacente.
Art. 1288. El albacea encargado de pagar deudas hereditarias, lo hará precisamente con intervención de los herederos presentes o del curador de la herencia yacente en su caso.
Fuente: BCN / LeyChile ↗