Artículo 1439 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
El contrato es unilateral si solo una parte se obliga con la otra, sin que esta última tenga obligaciones a cambio. Es bilateral cuando ambas partes se comprometen recíprocamente, quedando las dos con tareas o responsabilidades que cumplir entre sí.
Art. 1439. El contrato es unilateral cuando una de las partes se obliga para con otra que no contrae obligación alguna; y bilateral, cuando las partes contratantes se obligan recíprocamente.
Fuente: BCN / LeyChile ↗