Artículo 1510 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si se pierden algunas cosas de un género que debes, no significa que te libres de la obligación. Puedes seguir entregando otras iguales. El acreedor no puede impedir que dispongas de lo que tienes, mientras todavía queden suficientes cosas para pagar tu deuda.
Art. 1510. La pérdida de algunas cosas del género no extingue la obligación, y el acreedor no puede oponerse a que el deudor las enajene o destruya, mientras subsistan otras para el cumplimiento de lo que debe.
Fuente: BCN / LeyChile ↗