Artículo 153 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
La mujer no tiene permitido renunciar, ni siquiera mediante un contrato o acuerdo previo al matrimonio (capitulaciones matrimoniales), al derecho que le otorga la ley para pedir, si lo necesita, la separación de bienes durante su vida matrimonial.
Art. 153. La mujer no podrá renunciar en las capitulaciones matrimoniales la facultad de pedir la separación de bienes a que le dan derecho las leyes.
Fuente: BCN / LeyChile ↗