Artículo 1639 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si te delegaron por una deuda que no existía y pagas creyendo que era real, no estás obligado ante el acreedor. Puedes pedirle al delegante que te devuelva lo que pagaste indebidamente, tal como si la deuda hubiera sido legítima desde el principio.
Art. 1639. El que fue delegado por alguien que se creía deudor y no lo era, no es obligado al acreedor, y si paga en el concepto de ser verdadera la deuda, se halla para con el delegante en el mismo caso que si la deuda hubiera sido verdadera, quedando a salvo su derecho al delegante para la restitución de lo indebidamente pagado.
Fuente: BCN / LeyChile ↗