Artículo 1787

Artículo 1787Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Las promesas de donación hechas por un esposo o un tercero por motivo del matrimonio siguen las mismas reglas que una donación normal. Eso sí, para que sean válidas, deben constar por escrito en una escritura pública o ser confesadas por el tercero.

Texto oficial

Art. 1787. Las promesas que un esposo hace al otro antes de celebrarse el matrimonio y en consideración a él, o que un tercero hace a uno de los esposos en consideración al matrimonio, se sujetarán a las mismas reglas que las donaciones de presente, pero deberán constar por escritura pública, o por confesión del tercero.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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