Artículo 1792-26 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Para pedir la liquidación de las ganancias tienes cinco años desde que termina el régimen. El trámite es breve y rápido. Ojo, que este plazo no se pausa entre cónyuges, aunque sí se suspende si existen herederos menores de edad involucrados.
Art. 1792-26. La acción para pedir la liquidación de los gananciales se tramitará breve y sumariamente, prescribirá en el plazo de cinco años contados desde la terminación del régimen y no se suspenderá entre los cónyuges. Con todo, se suspenderá a favor de sus herederos menores.
Fuente: BCN / LeyChile ↗