Artículo 182

Artículo 182Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si naces mediante técnicas de reproducción humana asistida, tu filiación será legal respecto a las dos personas que se sometieron al proceso. Una vez fijada esta relación, no se puede reclamar ni cuestionar legalmente a otra persona.

Texto oficial

Art. 182. La filiación del hijo que nazca por la aplicación de técnicas de reproducción humana asistida, quedará determinada respecto de las dos personas que se hayan sometido a ellas. No podrá impugnarse la filiación determinada de acuerdo a la regla precedente, ni reclamarse una distinta.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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