Artículo 1906

Artículo 1906Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Cuando cedes un crédito, el nuevo dueño también adquiere sus garantías, como fianzas o hipotecas. Sin embargo, esto no significa que el nuevo dueño herede las defensas o excepciones personales que tenía el antiguo dueño frente al deudor; esas se pierden.

Texto oficial

Art. 1906. La cesión de un crédito comprende sus fianzas, privilegios e hipotecas; pero no traspasa las excepciones personales del cedente.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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