Artículo 2009

Artículo 2009Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Cualquiera de las partes puede terminar el contrato cuando quiera o según lo acordado. Si el pago es periódico, deben avisar al otro con una anticipación de al menos la mitad del periodo de pago, incluso si no pactaron nada específico.

Texto oficial

Art. 2009. Cualquiera de las dos partes podrá poner fin al servicio cuando quiera, o con el desahucio que se hubiere estipulado. Si la retribución consiste en pensiones periódicas, cualquiera de las dos partes deberá dar noticia a la otra de su intención de poner fin al contrato, aunque en éste no se haya estipulado desahucio, y la anticipación será de medio período a lo menos.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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