Artículo 2279 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
El censo vitalicio es una renta que recae sobre una propiedad específica; si vendes o traspasas el bien, la carga de pagar la renta pasa al nuevo dueño. Para esto, se siguen las reglas normales del censo, en lo que aplique.
Art. 2279. La renta vitalicia se llama censo vitalicio, cuando se constituye sobre una finca dada que haya de pasar con esta carga a todo el que la posea. Se aplicarán al censo vitalicio las reglas del censo ordinario en cuanto le fueren aplicables.
Fuente: BCN / LeyChile ↗