Artículo 2302 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si vendiste algo que recibiste por error de buena fe, solo debes devolver el dinero de la venta y ceder las acciones contra el comprador que no te pagó. Si actuaste de mala fe, respondes como alguien que dolosamente perdió algo.
Art. 2302. El que de buena fe ha vendido la especie que se le dio como debida, sin serlo, es sólo obligado a restituir el precio de la venta, y a ceder las acciones que tenga contra el comprador que no le haya pagado íntegramente. Si estaba de mala fe cuando hizo la venta, es obligado como todo poseedor que dolosamente ha dejado de poseer.
Fuente: BCN / LeyChile ↗