Artículo 2438 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
La anticresis por sí sola no te da un derecho real sobre el inmueble. El acreedor tiene derechos similares a los de un arrendatario y no puede pasar por encima de otros derechos reales o arriendos que ya existían previamente.
Art. 2438. La anticresis no da al acreedor, por sí sola, ningún derecho real sobre la cosa entregada. Se aplica al acreedor anticrético lo dispuesto a favor del arrendatario en el caso del artículo 1962. No valdrá la anticresis en perjuicio de los derechos reales ni de los arrendamientos anteriormente constituidos sobre la finca.
Fuente: BCN / LeyChile ↗