Artículo 2484

Artículo 2484Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si te casaste en el extranjero y tu matrimonio tiene efectos legales en Chile, no te preocupes. Tus créditos sobre los bienes que tu marido tenga en nuestro país tendrán la misma prioridad que si se hubieran casado aquí mismo en Chile.

Texto oficial

Art. 2484. Los matrimonios celebrados en país extranjero y que según el artículo 119 deban producir efectos civiles en Chile, darán a los créditos de la mujer sobre los bienes del marido existentes en territorio chileno el mismo derecho de preferencia que los matrimonios celebrados en Chile.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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