Artículo 2491

Artículo 2491Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Los intereses de una deuda no se detienen hasta que se pague el total de lo debido. Además, estos intereses mantienen la misma prioridad de pago que le corresponde al capital original de la deuda; corren con la misma suerte legal.

Texto oficial

Art. 2491. Los intereses correrán hasta la extinción de la deuda, y se cubrirán con la preferencia que corresponda a sus respectivos capitales.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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