Artículo 561 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si una corporación se disuelve, sus bienes se reparten según indiquen sus propios estatutos. Si no dicen nada, los bienes pasan al Estado, y el Presidente de la República decide cómo usarlos para fines parecidos a los que tenía la institución original.
Art. 561. Disuelta una corporación, se dispondrá de sus propiedades en la forma que para este caso hubieren prescrito sus estatutos; y si en ellos no se hubiere previsto este caso, pertenecerán dichas propiedades al Estado, con la obligación de emplearlas en objetos análogos a los de la institución. Tocará al Presidente de la República señalarlos.
Fuente: BCN / LeyChile ↗