Artículo 910 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si tenías el bien de mala fe, no te pagarán mejoras útiles. Sin embargo, puedes llevarte los materiales usados si puedes separarlos sin dañar el bien, siempre que el dueño no quiera pagarte el precio de esos materiales tras ser separados.
Art. 910. El poseedor de mala fe no tendrá derecho a que se le abonen las mejoras útiles de que habla el artículo precedente. Pero podrá llevarse los materiales de dichas mejoras, siempre que pueda separarlos sin detrimento de la cosa reivindicada, y que el propietario rehúse pagarle el precio que tendrían dichos materiales después de separados.
Fuente: BCN / LeyChile ↗