Artículo 924

Artículo 924Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si tienes una propiedad inscrita en el Conservador, esa inscripción es la prueba definitiva de tu posesión. Si lleva inscrita más de un año, nadie puede usar otras pruebas para discutir que tú eres el poseedor legal.

Texto oficial

Art. 924. La posesión de los derechos inscritos se prueba por la inscripción y mientras ésta subsista, y con tal que haya durado un año completo, no es admisible ninguna prueba de posesión con que se pretenda impugnarla.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

Preguntar a AbogaBot sobre este artículo →