Código Civil

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Lenguaje Simple

FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL CODIGO CIVIL; DE LA LEY Nº4.808, SOBRE REGISTRO CIVIL, DE LA LEY Nº17.344, QUE AUTORIZA CAMBIO DE NOMBRES Y APELLIDOS, DE LA LEY Nº 16.618, LEY DE MENORES, DE LA LEY Nº 14.908, SOBRE ABANDONO DE FAMILIA Y PAGO DE PENSIONES ALIMENTICIAS, Y DE LA LEY Nº16.271, DE IMPUESTO A LAS HERENCIAS, ASIGNACIONES Y DONACIONES

DFL 1 · 2841 artículos · Versión BCN: 2000-05-30 · Ver en LeyChile ↗

Artículo 984

Explicación en Lenguaje Simple:

Para heredar, puedes hacerlo por ti mismo o mediante 'representación'. Esta es una ficción legal donde ocupas el lugar de tu padre o madre fallecido, asumiendo su mismo grado de parentesco y sus derechos para recibir la herencia que ellos habrían tenido.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 985

Explicación en Lenguaje Simple:

Quienes heredan por representación se reparten entre todos la parte que le correspondía a su padre o madre. En cambio, si heredas directamente, recibes tu porción igualitaria por cabeza, a menos que la ley diga otra cosa para ese caso específico.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 986

Explicación en Lenguaje Simple:

La representación legal solo funciona en dos grupos: en la descendencia directa del fallecido (sus hijos y nietos) y en la descendencia de sus hermanos. Si no eres parte de estas familias, no puedes usar este derecho de representación.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 987

Explicación en Lenguaje Simple:

Puedes representar a alguien aunque haya rechazado la herencia, o incluso si esa persona fue declarada indigna, incapaz o desheredada por el fallecido. Básicamente, su mala suerte o decisión no te impide a ti recibir lo que le tocaba.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 988

Explicación en Lenguaje Simple:

Los hijos son los herederos principales, pero si hay cónyuge vivo, este también recibe parte. La ley asegura que el cónyuge obtenga una porción importante, que generalmente equivale al doble de lo que recibe cada hijo, sin bajar nunca de un cuarto.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 989

Explicación en Lenguaje Simple:

Si no hay hijos, la herencia se reparte entre el cónyuge y los padres del fallecido. Se divide en tres partes: dos para el cónyuge y una para los ascendientes. Si no hay padres, todo va al cónyuge; si no hay cónyuge, todo es para los padres.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 990

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el fallecido no dejó hijos, ni cónyuge, ni padres, los hermanos heredan sus bienes. Ojo, que los hermanos solo de padre o madre reciben la mitad de lo que le correspondería a un hermano que comparte ambos padres con el difunto.

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Artículo 991

Explicación en Lenguaje Simple:

Este artículo ha sido derogado y ya no se encuentra vigente en nuestra legislación actual.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 992

Explicación en Lenguaje Simple:

Si no hay familia cercana, heredan otros parientes hasta el sexto grado. Los parientes de doble vínculo reciben el doble que los de vínculo simple. Los parientes más cercanos siempre tienen prioridad y excluyen a los demás parientes más lejanos en la línea de sucesión.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 993

Explicación en Lenguaje Simple:

Este artículo ha sido derogado y ya no se encuentra vigente en nuestra legislación actual.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 994

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te separaste judicialmente y fue por tu culpa, pierdes el derecho a heredar a tu cónyuge. Lo mismo ocurre con los padres si su vínculo legal fue establecido por orden judicial contra su propia voluntad, salvo que hayan restablecido la relación familiar.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 995

Explicación en Lenguaje Simple:

Si después de revisar todas las reglas de herencia anteriores no aparece ningún familiar con derecho a recibir los bienes del fallecido, entonces el Estado, a través del Fisco, se queda con la herencia completa.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 996

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando alguien deja testamento y también bienes sin testar, se cumple primero la voluntad del fallecido. Lo que sobre se reparte según la ley. Si alguien recibe por ambos lados, se descuenta de su parte legal lo que ya recibió mediante el testamento.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 997

Explicación en Lenguaje Simple:

No te preocupes por la nacionalidad; en Chile, los extranjeros tienen exactamente los mismos derechos y deben seguir las mismas reglas que los chilenos para recibir una herencia cuando no hay testamento de por medio. La ley es igual para todos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 998

Explicación en Lenguaje Simple:

Si un extranjero muere, los chilenos tienen los mismos derechos sobre sus bienes que si fuera un compatriota. Pueden reclamar sus cuotas en los bienes situados en Chile, incluso si el difunto era extranjero y falleció fuera de nuestro territorio nacional.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 999

Explicación en Lenguaje Simple:

El testamento es el documento solemne donde decides qué pasará con tus bienes cuando ya no estés. Es súper importante que sepas que siempre puedes cambiarlo o revocarlo mientras estés vivo; es tu decisión personal y final sobre tu patrimonio.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1000

Explicación en Lenguaje Simple:

Cualquier regalo o promesa que solo se haga efectiva tras tu muerte se considera un testamento y debe cumplir con todas sus reglas. Solo los cónyuges tienen una excepción y pueden hacer estos acuerdos mediante contratos comunes entre personas vivas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1001

Explicación en Lenguaje Simple:

Los testamentos siempre son revocables, aunque en el papel escribas que no quieres cambiarlo. Cualquier cláusula donde intentes prohibir que tu testamento sea modificado en el futuro no tiene valor alguno, aunque lo jures o pongas condiciones extrañas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1002

Explicación en Lenguaje Simple:

Si mencionas papeles o documentos sueltos dentro de tu testamento, estos no forman parte del documento legal. No ganan ninguna validez especial por estar nombrados ahí; siguen valiendo exactamente lo mismo que valían antes de ser mencionados en el testamento.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1003

Explicación en Lenguaje Simple:

El testamento es un acto estrictamente individual. Si dos o más personas intentan hacer un solo testamento conjunto, aunque sea para beneficiarse entre ellos o a terceros, el documento será nulo. Cada persona debe redactar su propio testamento de forma separada.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1004

Explicación en Lenguaje Simple:

Hacer un testamento es un derecho y una responsabilidad personalísima. Esto significa que no puedes delegar en nadie más la facultad de decidir por ti qué hacer con tus bienes; tú y solo tú debes realizar el acto de testar.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1005

Explicación en Lenguaje Simple:

No pueden testar los menores impúberes, quienes tengan demencia, los que no estén en su sano juicio por alcohol o drogas, o quienes no puedan expresar claramente su voluntad. Todas las demás personas que no estén en estos grupos, sí pueden hacerlo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1006

Explicación en Lenguaje Simple:

Si hiciste un testamento mientras estabas inhabilitado, ese documento es nulo, aunque después recuperes tus capacidades. Por el contrario, si hiciste un testamento estando bien y luego te sobreviene una enfermedad o incapacidad, el testamento sigue siendo totalmente válido.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1007

Explicación en Lenguaje Simple:

La libertad es clave: si alguien fue obligado, amenazado o se utilizó cualquier tipo de fuerza para que escribieras tu testamento, el documento completo pierde validez. Un testamento hecho bajo presión no tiene ninguna fuerza legal ante la justicia.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1008

Explicación en Lenguaje Simple:

Existen testamentos solemnes (con todas las reglas legales) y menos solemnes (con menos formalidades por casos especiales). El solemne puede ser abierto, donde todos saben el contenido, o cerrado, donde el testador mantiene sus decisiones en secreto total.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1009

Explicación en Lenguaje Simple:

Para abrir y publicar un testamento, debes acudir al juez del último lugar donde vivió la persona que falleció. Esto se hace así, salvo las excepciones legales que puedan existir en casos particulares.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1010

Explicación en Lenguaje Simple:

Antes de que el juez abra y publique un testamento, debe asegurarse de que la persona efectivamente haya fallecido. Esto no es necesario solo si la ley indica que su muerte debe presumirse por otras circunstancias.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1011

Explicación en Lenguaje Simple:

Si quieres hacer un testamento solemne, ten presente que la ley exige obligatoriamente que este sea redactado por escrito. No se permiten versiones solo habladas para este tipo de actos formales.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1012

Explicación en Lenguaje Simple:

Existen varias restricciones para ser testigo en un testamento solemne en Chile. Por ejemplo, no pueden serlo menores de 18 años, personas con discapacidad mental, ciegos, sordos, mudos, ni quienes tengan prohibiciones judiciales o no hablen el idioma.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1013

Explicación en Lenguaje Simple:

Si un testigo parece apto y todos creen que lo es, el testamento no se anula aunque después se descubra una inhabilidad oculta. Eso sí, esta regla de 'habilidad aparente' solo se aplica a uno de los testigos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1014

Explicación en Lenguaje Simple:

Para hacer un testamento solemne abierto en Chile, debes realizarlo ante un notario y tres testigos, o bien, ante cinco testigos. El juez de letras puede actuar como notario en los lugares donde no haya uno.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1015

Explicación en Lenguaje Simple:

El testamento abierto es aquel donde el testador le cuenta sus disposiciones al notario y a los testigos. Para que sea válido, el testador, el notario y todos los testigos deben estar presentes durante todo el acto.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1016

Explicación en Lenguaje Simple:

El testamento debe incluir datos personales del testador (nombre, edad, origen), su estado civil, hijos, y la información de los testigos. También debe quedar constancia del lugar, fecha y los datos del notario que interviene en el acto.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1017

Explicación en Lenguaje Simple:

Puedes llevar el testamento ya escrito o redactarlo en el momento. Lo importante es que el notario o uno de los testigos, elegido por ti, lo lea en voz alta para que todos los presentes escuchen tus decisiones claramente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1018

Explicación en Lenguaje Simple:

El testamento termina con la firma de todos: testador, testigos y notario. Si el testador o un testigo no puede o no sabe firmar, se debe anotar expresamente el motivo; en caso del testigo, otro firmará por él.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1019

Explicación en Lenguaje Simple:

Si eres ciego, sordo o sordomudo, debes testar ante un funcionario público. Los ciegos requieren dos lecturas en voz alta, y los sordos o sordomudos necesitan además a un experto en lengua de señas que les traduzca el contenido.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1020

Explicación en Lenguaje Simple:

Si hiciste un testamento ante cinco testigos sin notario, debe ser publicado por un juez. Los testigos deben confirmar las firmas ante el tribunal. Luego, el juez sella el documento y lo entrega al notario para su custodia.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1021

Explicación en Lenguaje Simple:

Para otorgar un testamento cerrado, debes realizar el trámite ante un notario y tres testigos. Al igual que en otros casos, si no hay notario en la zona, el juez de letras puede cumplir esa misma función.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1022

Explicación en Lenguaje Simple:

Esta es una regla muy clara: si no sabes leer ni escribir, legalmente no tienes permitido realizar un testamento bajo la modalidad de testamento cerrado.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1023

Explicación en Lenguaje Simple:

En el testamento cerrado, presentas un sobre sellado declarando que ahí está tu última voluntad. El notario escribe en la cubierta tus datos y los de los testigos. Todo debe ser presenciado por las mismas personas sin interrupciones.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1024

Explicación en Lenguaje Simple:

Si tienes dificultades para comunicarte de forma oral, solo puedes hacer testamento cerrado. Debes escribir tú mismo la palabra 'testamento' y tus datos personales sobre el sobre, cumpliendo además con todas las otras reglas que exige la ley.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1025

Explicación en Lenguaje Simple:

Antes de cumplir el testamento cerrado, el juez debe verificarlo. El notario y los testigos deben reconocer sus firmas y confirmar que el sobre está sellado tal como se entregó originalmente. Si faltan testigos, se puede realizar un procedimiento de abono.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1026

Explicación en Lenguaje Simple:

Si olvidas alguna formalidad legal, el testamento no vale nada. Sin embargo, si solo faltan algunos datos personales del testador, notario o testigos, el documento se mantiene válido siempre que no haya dudas sobre quiénes son las personas involucradas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1027

Explicación en Lenguaje Simple:

Si hiciste un testamento en el extranjero, será válido en Chile siempre que se ajuste a las leyes del país donde lo firmaste y se demuestre que el documento es auténtico según los procedimientos comunes.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1028

Explicación en Lenguaje Simple:

Puedes testar en el extranjero ante un diplomático o cónsul chileno. Debes ser chileno o extranjero domiciliado en Chile, contar con testigos calificados y cumplir las reglas del testamento solemne, incluyendo el sello de la legación o consulado.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1029

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el testamento se hace ante un cónsul, debe llevar el visto bueno del jefe de la delegación. Luego, este envía una copia al Ministerio de Relaciones Exteriores en Chile, quien lo remite al juez para que quede registrado oficialmente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1030

Explicación en Lenguaje Simple:

La ley clasifica tres tipos de testamentos como 'privilegiados', los cuales tienen reglas distintas a los solemnes: el testamento verbal, el testamento militar y el testamento marítimo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1031

Explicación en Lenguaje Simple:

En los testamentos privilegiados pueden ser testigos personas mayores de 18 años, hombres o mujeres, que tengan pleno juicio. Si el testamento es escrito, los testigos deben saber leer y escribir. Se permite la 'habilidad aparente' si todos creen que son aptos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1032

Explicación en Lenguaje Simple:

En estos testamentos debes declarar claramente que tu intención es testar. El proceso debe ser realizado por las mismas personas desde el inicio hasta el final, sin interrupciones, salvo aquellas que sean absolutamente necesarias por algún imprevisto.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1033

Explicación en Lenguaje Simple:

Si vas a realizar un testamento de tipo verbal, es requisito indispensable que este sea escuchado por al menos tres testigos que estén presentes en todo el acto.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1034

Explicación en Lenguaje Simple:

En un testamento verbal, la persona expresa sus deseos de viva voz frente a testigos, asegurándose de que todos los presentes puedan verla, escucharla y entender claramente lo que está declarando para que quede constancia de su última voluntad.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1035

Explicación en Lenguaje Simple:

Este tipo de testamento solo puedes realizarlo en situaciones de emergencia extrema, cuando corres un peligro de muerte tan inmediato que no existe ninguna posibilidad o tiempo suficiente para hacer un testamento formal como dicta la ley habitualmente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1036

Explicación en Lenguaje Simple:

Ten presente que el testamento verbal pierde toda validez si falleces después de treinta días tras declararlo. Asimismo, si mueres antes, el documento debe ponerse por escrito con los trámites legales correspondientes dentro de los treinta días siguientes a tu fallecimiento.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1037

Explicación en Lenguaje Simple:

Para formalizarlo, un juez tomará declaraciones juradas a los testigos para confirmar quién eres, el lugar y fecha del testamento, los detalles de tu peligro inminente y los nombres de las personas que presenciaron el acto, asegurando que todo quede registrado.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1038

Explicación en Lenguaje Simple:

Los testigos que estuvieron presentes cuando declaraste tu voluntad deberán confirmar ante el juez tres puntos fundamentales: que tú estabas en pleno uso de tus facultades mentales, que manifestaste claramente tu intención de testar y cuáles fueron exactamente tus disposiciones.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1039

Explicación en Lenguaje Simple:

El juez revisará si se cumplieron todas las formalidades y si tu voluntad es clara. Si todo está en regla, dictará una resolución reconociendo tu testamento para que sea oficial. Solo se considerará válido lo que los testigos confirmen de forma unánime.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1040

Explicación en Lenguaje Simple:

Aunque tu testamento haya sido validado mediante un decreto judicial y protocolizado, debes saber que sigue siendo posible impugnarlo. Esto significa que los interesados pueden cuestionar su validez legal igual que se hace con cualquier otro testamento auténtico en Chile.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1041

Explicación en Lenguaje Simple:

Si eres militar o personal en campaña, puedes testar ante un capitán o superior. Si estás herido, también pueden recibir tu testamento un médico, capellán o el oficial a cargo si estás en un destacamento, facilitando así el proceso en tiempos de guerra.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1042

Explicación en Lenguaje Simple:

Tu testamento debe llevar tu firma, la del funcionario que lo recibe y la de los testigos. Si por alguna razón no sabes o no puedes firmar, eso debe quedar expresamente escrito en el mismo documento para que sea legalmente reconocido.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1043

Explicación en Lenguaje Simple:

Para usar la modalidad de testamento militar, debes encontrarte obligatoriamente en una expedición de guerra activa, ya sea movilizándote contra el enemigo o formando parte de la guarnición de una plaza que esté siendo sitiada actualmente por fuerzas opositoras.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1044

Explicación en Lenguaje Simple:

Tu testamento militar sigue siendo válido si falleces dentro de los noventa días después de que terminaron las condiciones de guerra que permitieron hacerlo. Pasado ese plazo, si continúas con vida, el testamento caduca y pierde su valor legal automáticamente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1045

Explicación en Lenguaje Simple:

El documento debe contar con el visto bueno del jefe de la expedición y ser rubricado en cada página. Luego, se enviará al Ministro de Guerra lo antes posible para que se sigan los trámites correspondientes y tenga plena validez legal.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1046

Explicación en Lenguaje Simple:

Si estás en una situación de peligro inminente, puedes testar verbalmente, pero recuerda que este caduca apenas pase el peligro. La información se debe entregar rápidamente al auditor de guerra para los trámites necesarios ante el juez competente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1047

Explicación en Lenguaje Simple:

Si prefieres un testamento cerrado mientras estás en servicio militar, puedes hacerlo siguiendo las reglas generales. Solo asegúrate de que un oficial autorizado actúe como ministro de fe y que la carátula sea visada según corresponde para su remisión.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1048

Explicación en Lenguaje Simple:

Si estás en un buque de guerra chileno en alta mar, puedes testar ante el comandante y tres testigos. Si no puedes firmar, se dejará constancia de ello. Se debe redactar un duplicado del documento original con las mismas firmas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1049

Explicación en Lenguaje Simple:

Para mayor seguridad, el testamento se guardará entre los papeles más importantes de la nave. Además, es obligatorio que se deje constancia y se informe sobre el otorgamiento de este testamento directamente en el diario de navegación del buque.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1050

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el buque llega a un puerto extranjero con agentes diplomáticos chilenos, el comandante entregará una copia del testamento para que sea enviada al Ministerio de Marina. Si el buque regresa a Chile, se entregará al gobernador marítimo para el mismo fin.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1051

Explicación en Lenguaje Simple:

Esta forma de testar en alta mar a bordo de un buque de guerra no es exclusiva para la tripulación o los oficiales, sino que está disponible para cualquier persona que se encuentre a bordo en ese momento durante la travesía.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1052

Explicación en Lenguaje Simple:

Este testamento solo es válido si falleces antes de desembarcar o dentro de los noventa días después de hacerlo. Si bajas a tierra solo por un periodo breve con la intención de reembarcarte, eso no cuenta como desembarque para estos efectos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1053

Explicación en Lenguaje Simple:

En caso de peligro inminente, puedes hacer un testamento verbal a bordo. Este perderá validez si sobrevives al peligro. Los testigos deben declarar ante el comandante, quien enviará la información al juez de letras a través del Ministerio de Marina.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1054

Explicación en Lenguaje Simple:

Si eliges un testamento cerrado en el buque, el comandante actuará como ministro de fe siguiendo las formalidades legales. Además, se debe anotar en el diario de la nave y enviar una copia al Ministerio de Marina para su protocolización oficial.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1055

Explicación en Lenguaje Simple:

Si viajas en un barco mercante con bandera chilena, también puedes testar ante el capitán, el segundo al mando o el piloto. Se deben seguir las mismas reglas de envío y comunicación que se aplican para los testamentos en buques de guerra.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1056

Explicación en Lenguaje Simple:

Al testar, debes nombrar a personas claras y determinadas para que reciban tus bienes; de lo contrario, la asignación no valdrá. Si dejas algo a la beneficencia o a los pobres sin especificar, el Presidente o la ley determinarán su destino final.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1057

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te equivocas al escribir el nombre o algún detalle de la persona a quien dejas tus bienes, no te preocupes. Mientras no exista ninguna duda razonable sobre la identidad de la persona a la que te referías, la asignación será totalmente válida.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1058

Explicación en Lenguaje Simple:

Si queda claro que hiciste una asignación basada en un error de hecho, y se nota que, de haber sabido la verdad, no habrías dejado ese bien a esa persona, entonces esa parte de tu testamento se considerará como si nunca existió.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1059

Explicación en Lenguaje Simple:

No valen los acuerdos donde alguien te deja bienes a cambio de que tú le dejes tus bienes en tu propio testamento. Este tipo de intercambio, donde uno depende del otro, no es aceptado legalmente para repartir una herencia.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1060

Explicación en Lenguaje Simple:

Un testamento no es válido si la voluntad del testador se expresa solo con un sí, un no o mediante señas al responder preguntas. La voluntad debe quedar clara de otra forma para que el documento tenga validez legal real.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1061

Explicación en Lenguaje Simple:

No puedes dejar bienes en tu testamento al notario que lo autoriza, ni a sus parientes cercanos, empleados o cónyuge. Esta prohibición también corre para los testigos del testamento y sus propios familiares, para así asegurar que todo sea totalmente transparente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1062

Explicación en Lenguaje Simple:

Si alguien te debe dinero y esa deuda solo aparece registrada en tu testamento, para los efectos de las prohibiciones anteriores, esa persona será tratada como si fuera un legatario más al momento de recibir cualquier beneficio.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1063

Explicación en Lenguaje Simple:

La decisión de quién recibirá una herencia no puede quedar al antojo o capricho de otra persona. Tú debes ser quien elija al beneficiario, ya sea directamente o entre un grupo específico que tú mismo definas claramente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1064

Explicación en Lenguaje Simple:

Si dejas bienes a tus parientes sin especificar quiénes, se entiende que son para los de grado más cercano según la ley. Si en ese grado no hay nadie, se llama a los siguientes. El derecho de representación también se aplica aquí.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1065

Explicación en Lenguaje Simple:

Si al escribir tu testamento no queda claro a cuál de varias personas querías dejarle algo, lamentablemente ninguna de ellas podrá reclamar esa asignación. Por eso es súper importante ser preciso con los nombres y detalles de tus beneficiarios.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1066

Explicación en Lenguaje Simple:

Toda asignación debe ser sobre cosas claras o específicas. Si es para beneficencia sin detalles, un juez decidirá cómo repartirla según tu intención y lo que permita tu patrimonio, escuchando siempre a tus herederos y al defensor de obras pías.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1067

Explicación en Lenguaje Simple:

Si dejas a un heredero decidir sobre una asignación y a él le conviene rechazarla, deberá cumplirla, a menos que tenga una razón muy justa. Si el rechazo no le beneficia a él ni a su familia, puede tomar la decisión libremente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1068

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando una asignación pasa a otra persona por cualquier razón, esta también hereda las cargas u obligaciones asociadas. Además, si todos rechazan algo por ser demasiado pesado, el beneficio pasa finalmente a quienes fueron perjudicados con esos mismos gravámenes.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1069

Explicación en Lenguaje Simple:

Lo más importante en un testamento es tu voluntad real, siempre que no rompas ninguna ley. Al interpretar tus deseos, es mucho más relevante el fondo de lo que quisiste decir que las palabras exactas que usaste para escribirlo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1070

Explicación en Lenguaje Simple:

Puedes dejar bienes bajo condiciones, que son sucesos futuros e inciertos. Si la condición positiva no ocurre, o si ocurre la negativa, la asignación no vale. Esto sigue las mismas reglas generales que otras obligaciones condicionales del derecho civil.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1071

Explicación en Lenguaje Simple:

Si la condición se refiere a algo del pasado o presente, no suspende nada. Si el hecho ocurrió, se ignora la condición como si no existiera; si no ocurrió, la asignación simplemente no vale. Todo se mira respecto a cuando testaste.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1072

Explicación en Lenguaje Simple:

Si impusiste una condición futura que ya pasó cuando testaste: si sabías y puede repetirse, se pide que se repita; si no puede repetirse o no sabías, se considera cumplida. Lo importante es qué tanto conocías tú al momento de testar.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1073

Explicación en Lenguaje Simple:

Si en tu testamento pones una condición de no impugnarlo, esta regla no impide que alguien reclame la nulidad del documento por errores en su forma. Es decir, esa cláusula no sirve para ocultar defectos legales graves en el testamento.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1074

Explicación en Lenguaje Simple:

La condición de que un heredero no se case se considera como no escrita. Sin embargo, sí es válido prohibir el matrimonio mientras la persona sea menor de dieciocho años. Pasada esa edad, la persona tiene total libertad para casarse.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1075

Explicación en Lenguaje Simple:

La condición de quedarse viudo o viuda para recibir una herencia no vale, a menos que la persona tenga hijos de su matrimonio anterior al momento de recibir la asignación. Es una medida para proteger los intereses de esos hijos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1076

Explicación en Lenguaje Simple:

No hay problema en que asegures la subsistencia de alguien mientras permanezca soltero o viudo. Puedes dejarle una pensión, el uso de una casa o el derecho a disfrutar de ciertos bienes durante ese tiempo sin romper ninguna regla.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1077

Explicación en Lenguaje Simple:

Es totalmente válido poner condiciones sobre casarse o no con una persona específica, o incluso elegir una profesión o estado de vida permitido por la ley, aunque eso signifique no poder casarse. Estas condiciones sí tienen fuerza legal.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1078

Explicación en Lenguaje Simple:

Si dejas algo bajo una condición que aún no ocurre, el beneficiario no tiene derechos sobre los bienes, solo puede pedir medidas para protegerlos. Si muere antes de cumplirse la condición, no transmite nada a otros. Tampoco recibe frutos intermedios.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1079

Explicación en Lenguaje Simple:

Si en tu testamento incluyes condiciones que crean fideicomisos, donde entregas bienes con la carga de pasarlos a otra persona después, todo ese proceso se rige estrictamente por las reglas legales sobre la propiedad fiduciaria.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1080

Explicación en Lenguaje Simple:

Puedes limitar el uso o la duración de una herencia según fechas o plazos. Cuando haces esto, el cumplimiento y el tiempo en que alguien puede disfrutar de los bienes se rige por las normas generales de las obligaciones a plazo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1081

Explicación en Lenguaje Simple:

Un plazo puede ser cierto (sabes cuándo llegará), incierto (sabes que llegará, pero no cuándo, como la muerte), o bien, puede ser que no se sepa si llegará o cuándo, como el día en que alguien contraiga matrimonio.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1082

Explicación en Lenguaje Simple:

Si asignas algo desde un día que ocurre antes de tu muerte, se entenderá que el beneficio empieza a correr realmente después de tu fallecimiento, una vez que la sucesión se abra y se puedan repartir los bienes efectivamente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1083

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando fijas un plazo que no se sabe si ocurrirá o cuándo pasará, ese evento se trata legalmente como una condición. Por lo tanto, deberás aplicar todas las reglas que existen para las asignaciones condicionales que explicamos antes.

💡 Explicación Sencilla