Código Civil

Tamaño de letra:100%
Lenguaje Simple

FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL CODIGO CIVIL; DE LA LEY Nº4.808, SOBRE REGISTRO CIVIL, DE LA LEY Nº17.344, QUE AUTORIZA CAMBIO DE NOMBRES Y APELLIDOS, DE LA LEY Nº 16.618, LEY DE MENORES, DE LA LEY Nº 14.908, SOBRE ABANDONO DE FAMILIA Y PAGO DE PENSIONES ALIMENTICIAS, Y DE LA LEY Nº16.271, DE IMPUESTO A LAS HERENCIAS, ASIGNACIONES Y DONACIONES

DFL 1 · 2841 artículos · Versión BCN: 2000-05-30 · Ver en LeyChile ↗

Artículo 1584

Explicación en Lenguaje Simple:

Si ambos acordaron quién debe recibir el pago, el acreedor no puede cambiarlo solo porque quiera. Sin embargo, puede pedirle a un juez permiso para revocar este encargo si demuestra que al deudor no le afecta este cambio de ninguna manera.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1585

Explicación en Lenguaje Simple:

Si se acordó pagarle al acreedor o a un tercero, pagarle a cualquiera de los dos es válido. El acreedor no puede prohibirte pagarle a ese tercero, a menos que ya te haya demandado o tenga una razón muy justificada para hacerlo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1586

Explicación en Lenguaje Simple:

La persona autorizada para recibir el pago pierde esta facultad si queda demente, es declarada en interdicción, se declara en quiebra o le embargan todos sus bienes. En general, pierde el cargo por las mismas razones que cualquier otro mandato legal.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1587

Explicación en Lenguaje Simple:

La regla es sencilla: el pago debe hacerse siempre en el lugar que acordaron al momento de contratar.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1588

Explicación en Lenguaje Simple:

Si no acordaron un lugar, paga donde estaba el objeto al momento de firmar el contrato. Si se trata de otra cosa, debes pagar en el domicilio del deudor. Es la forma estándar de cumplir con tu obligación sin complicaciones.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1589

Explicación en Lenguaje Simple:

Si alguna de las partes se muda de casa entre el contrato y el pago, eso no cambia el lugar acordado para cumplir la deuda. Deben seguir pagando donde correspondía originalmente, a menos que ambos decidan cambiar ese lugar de común acuerdo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1590

Explicación en Lenguaje Simple:

Si debes entregar un objeto específico, el acreedor debe recibirlo tal como esté, salvo que se haya dañado por tu culpa o demora. En ese caso, el acreedor puede pedir anular el contrato o, si prefiere el objeto, solo pedir una indemnización.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1591

Explicación en Lenguaje Simple:

No puedes obligar al acreedor a recibir el pago en cuotas, a menos que hayan acordado otra cosa previamente. Recuerda que pagar la deuda completa significa que también debes incluir los intereses y cualquier indemnización que esté pendiente de pago.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1592

Explicación en Lenguaje Simple:

Si están peleados por cuánto se debe exactamente o por los gastos adicionales, el juez tiene la facultad de ordenar que se pague primero la parte que nadie discute, mientras se resuelve el resto de la controversia en el juicio.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1593

Explicación en Lenguaje Simple:

Si la deuda se paga en plazos, se asume que se divide en partes iguales. Esto es así siempre que en el contrato no se haya especificado claramente una cuota distinta para cada fecha de pago, lo que prevalece sobre esta regla.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1594

Explicación en Lenguaje Simple:

Si tienes varias deudas distintas con la misma persona, puedes pagar cada una por separado. Por ejemplo, aunque debas varios años de una renta, puedes pagar un solo año y dejar los otros pendientes, sin que el acreedor pueda negarse.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1595

Explicación en Lenguaje Simple:

Si debes capital e intereses, los pagos se van primero a los intereses, a menos que el acreedor acepte por escrito aplicar el dinero al capital. Si te dan un recibo por el capital sin mencionar intereses, se presume que ya están pagados.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1596

Explicación en Lenguaje Simple:

Si tienes varias deudas, puedes elegir cuál pagar primero. Pero ojo: no puedes elegir una deuda que aún no vence si el acreedor no quiere. Si no eliges, el acreedor decide en el recibo y, si tú lo aceptas, ya no puedes reclamar.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1597

Explicación en Lenguaje Simple:

Si nadie eligió a qué deuda imputar el pago, se prefiere siempre la deuda que ya estaba vencida sobre la que aún no vence. Si todas están en la misma situación, se le dará prioridad a la deuda que el deudor prefiera pagar.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1598

Explicación en Lenguaje Simple:

Para pagar no necesitas que el acreedor quiera recibir el dinero. Si se niega, el pago sigue siendo válido a través de la consignación, que es una herramienta legal para que cumplas tu obligación incluso cuando el acreedor no pone de su parte.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1599

Explicación en Lenguaje Simple:

La consignación es depositar lo que debes ante un tercero, cuando el acreedor se niega a recibir el pago, no aparece o no sabemos quién es realmente. Se hace siguiendo los pasos legales para que tu deuda se considere pagada formalmente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1600

Explicación en Lenguaje Simple:

Para consignar, primero debes hacer una oferta válida ante notario o receptor. Debes ser capaz, el acreedor debe ser capaz, la deuda debe estar vencida y la oferta debe hacerse donde corresponde. Si te demandan, puedes consignar directamente ante el tribunal.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1601

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el acreedor se niega, deposita lo adeudado en la cuenta del tribunal o donde corresponda según el caso. No necesitas permiso judicial para esto y el acreedor no puede frenar el proceso. Los pagos periódicos siguientes se siguen depositando igual.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1602

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el acreedor no tiene domicilio conocido, no lo encuentran o hay dudas sobre quién es, debes hacer la oferta ante el tesorero comunal. Él solo registra tu intención y así puedes proceder con la consignación legal para cumplir con tu pago.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1603

Explicación en Lenguaje Simple:

Tras consignar, avisa al juez para que notifique al acreedor. El acreedor tiene 30 días hábiles para probar que existe un juicio sobre este pago. Si no lo hace, el juez declara que pagaste bien y alza cualquier garantía de la deuda.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1604

Explicación en Lenguaje Simple:

Si todo el proceso de ofrecer el pago y realizar la consignación se hace correctamente según la ley, los gastos que esto genere corren por cuenta del acreedor, ya que fue él quien causó el inconveniente al no recibir el pago.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1605

Explicación en Lenguaje Simple:

Al consignar correctamente, la deuda se extingue, dejan de correr los intereses y te liberas de la responsabilidad sobre el objeto. Si el pago es aceptado o validado, se considera hecho en la fecha de la oferta, siempre que fuera oportuna.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1606

Explicación en Lenguaje Simple:

Mientras el acreedor no acepte la consignación o el juez no dicte sentencia final confirmándola, tú tienes el derecho de retirar lo que depositaste. Si lo retiras, el proceso queda sin efecto, como si nunca hubieras intentado hacer ese pago.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1607

Explicación en Lenguaje Simple:

Si la deuda ya se extinguió, aún puedes retirar la consignación con permiso del acreedor. En ese caso, la deuda renace como algo nuevo, se pierden las garantías antiguas y los fiadores quedan libres, a menos que se inscriban nuevas garantías.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1608

Explicación en Lenguaje Simple:

La subrogación es simplemente cuando un tercero paga la deuda por ti y, al hacerlo, adquiere todos los derechos que el acreedor original tenía. Básicamente, ese tercero pasa a ocupar el lugar del acreedor legalmente frente a tu deuda.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1609

Explicación en Lenguaje Simple:

La subrogación ocurre cuando un tercero ocupa el lugar del acreedor, ya sea porque la ley lo ordena o porque el propio acreedor así lo acuerda mediante un convenio.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1610

Explicación en Lenguaje Simple:

La ley permite que un tercero tome el lugar del acreedor incluso sin su permiso en casos específicos, como al pagar una deuda ajena, ser heredero, comprar un bien hipotecado o cuando se presta dinero al deudor para pagar su deuda.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1611

Explicación en Lenguaje Simple:

La subrogación convencional sucede cuando el acreedor, al recibir el pago de un tercero, decide voluntariamente entregarle sus derechos y acciones sobre la deuda. Esto debe quedar registrado formalmente en el recibo o carta de pago del dinero.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1612

Explicación en Lenguaje Simple:

Al subrogarse, el nuevo acreedor recibe todos los derechos, prendas e hipotecas que tenía el anterior. Si el pago fue parcial, el acreedor original conserva su preferencia para cobrar el resto antes que quien solo pagó una parte.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1613

Explicación en Lenguaje Simple:

Si varias personas le prestaron dinero al deudor para pagar una misma deuda, no existe un orden de prioridad entre ellas. Todas tienen los mismos derechos, sin importar qué día realizaron el préstamo o la subrogación.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1614

Explicación en Lenguaje Simple:

La cesión de bienes es cuando un deudor, por situaciones accidentales fuera de su control, no puede pagar sus deudas y decide entregar voluntariamente todo su patrimonio a sus acreedores para intentar cumplir con sus obligaciones.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1615

Explicación en Lenguaje Simple:

El juez debe autorizar la cesión de bienes tras revisar el caso. Ten presente que tienes derecho a solicitar esta cesión aunque existan acuerdos previos que digan lo contrario, pues es un mecanismo para enfrentar dificultades económicas graves.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1616

Explicación en Lenguaje Simple:

Si alguno de tus acreedores lo exige, tú como deudor tienes la responsabilidad de demostrar ante la justicia que la mala situación de tus negocios no fue causada por negligencia o mala fe de tu parte.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1617

Explicación en Lenguaje Simple:

Los acreedores pueden rechazar tu cesión si fuiste deshonesto, como ocultar bienes, haber cometido delitos, mentir sobre tu estado financiero, dilapidar tus recursos o haber intentado engañarlos para perjudicarlos en el cobro de tus deudas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1618

Explicación en Lenguaje Simple:

La cesión incluye todos tus bienes, excepto los que la ley protege para asegurar tu subsistencia. Esto resguarda elementos básicos como tu lecho, ropa, herramientas de trabajo, alimentos para un mes, pensiones alimenticias, uniformes militares y otros bienes necesarios.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1619

Explicación en Lenguaje Simple:

Al ceder tus bienes, dejas de ser presionado por deudas y estas se extinguen según lo que logres pagar. Si aún queda saldo pendiente, sigues obligado a pagar con futuros ingresos. Los acreedores solo administran tus bienes para cobrarse.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1620

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te arrepientes de la cesión antes de que tus bienes sean vendidos por los acreedores, tienes la posibilidad de recuperarlos, siempre y cuando pagues efectivamente lo que debes a quienes te prestaron el dinero.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1621

Explicación en Lenguaje Simple:

Si la mayoría de los acreedores está de acuerdo, pueden permitir que tú mismo sigas administrando tus bienes y hacer arreglos especiales para el pago, en lugar de que ellos tomen el control total de tus posesiones.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1622

Explicación en Lenguaje Simple:

Los acuerdos alcanzados por la mayoría de los acreedores son obligatorios para todos los citados. Sin embargo, quienes tengan hipotecas o prendas no se verán afectados por esta mayoría si prefirieron no votar en la decisión tomada.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1623

Explicación en Lenguaje Simple:

La cesión de bienes es un beneficio personal. No protege a quienes te deben solidariamente, a quienes son tus avales, ni tampoco beneficia a quienes aceptaron una herencia tuya sin hacer un inventario previo de los bienes.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1624

Explicación en Lenguaje Simple:

Las reglas sobre qué bienes son embargables y cuáles no durante una cesión también se aplican cuando los acreedores te embargan por vía judicial. Para temas de apremio personal, se debe revisar lo que dicta el Código de Enjuiciamiento.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1625

Explicación en Lenguaje Simple:

El beneficio de competencia es un derecho para ciertos deudores. Te permite pagar solo lo que buenamente puedas, dejando lo mínimo indispensable para vivir dignamente, con el compromiso de pagar el resto si tu situación económica mejora más adelante.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1626

Explicación en Lenguaje Simple:

Este beneficio se otorga obligatoriamente a familiares cercanos como padres, hijos, cónyuge o hermanos, y también a socios o donantes en casos específicos, siempre que no hayas ofendido gravemente al acreedor o actuado de mala fe.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1627

Explicación en Lenguaje Simple:

Si tienes derecho a pedir alimentos y también el beneficio de competencia, debes elegir solo uno de ellos. La ley no permite que solicites ambos beneficios al mismo tiempo para cubrir tus necesidades.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1628

Explicación en Lenguaje Simple:

La novación ocurre cuando reemplazas una obligación antigua por una nueva. Al hacer este cambio, la deuda original desaparece totalmente, dejando en su lugar únicamente los términos de la nueva obligación acordada entre las partes.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1629

Explicación en Lenguaje Simple:

Si actúas a través de un representante o procurador, este no puede realizar una novación a tu nombre, a menos que tenga una autorización especial y expresa para hacerlo o posea la administración total de tus negocios.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1630

Explicación en Lenguaje Simple:

Para que el cambio de una deuda por otra sea válido, tanto la obligación original que se está reemplazando como el nuevo contrato de novación deben ser legales y cumplir con los requisitos mínimos de validez.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1631

Explicación en Lenguaje Simple:

La novación se hace al sustituir una deuda por otra, cambiar al acreedor por un tercero, o sustituir al deudor antiguo por uno nuevo. Esto puede ocurrir incluso sin permiso del deudor original, dependiendo de cómo se pacte.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1632

Explicación en Lenguaje Simple:

No hay novación cuando el deudor simplemente designa a alguien para que pague por él, cuando el acreedor designa a otro para recibir el pago, o cuando un tercero toma el lugar del acreedor por subrogación legal.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1633

Explicación en Lenguaje Simple:

Si la obligación nueva depende de una condición que aún no ocurre, la antigua no se reemplaza todavía. Si la condición falla, la antigua se mantiene. Solo hay novación inmediata si las partes acuerdan extinguir la deuda antigua desde el principio.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1634

Explicación en Lenguaje Simple:

Para cambiar una deuda vieja por una nueva, ambas partes deben dejar clara su intención de hacerlo. Si no queda clarito, se entiende que ambas siguen vivas y la nueva solo modifica partes de la antigua, manteniendo privilegios y garantías previas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1635

Explicación en Lenguaje Simple:

Si entra un deudor nuevo, no significa automáticamente que el antiguo se va. Para que el primero quede libre, el acreedor debe aceptarlo expresamente. Si no, se entiende que el nuevo solo ayuda a pagar o se suma a la deuda.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1636

Explicación en Lenguaje Simple:

Si alguien es sustituido como deudor sin su consentimiento, no hay una verdadera novación. En realidad, lo que ocurre es una cesión de acciones entre el acreedor y el deudor original, siguiendo las reglas legales propias de esa figura.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1637

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el acreedor libera al deudor antiguo, ya no puede reclamarle nada, aunque el nuevo deudor quede insolvente. Solo puede hacerlo si guardó ese derecho en el contrato o si el nuevo ya era insolvente y eso era público o conocido.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1638

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te delegaron pagar una deuda que creías tener, pero en realidad no debías, igual debes cumplir tu promesa de pago al acreedor. Eso sí, después puedes exigirle a quien te delegó que te reembolse el dinero o asuma la responsabilidad.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1639

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te delegaron por una deuda que no existía y pagas creyendo que era real, no estás obligado ante el acreedor. Puedes pedirle al delegante que te devuelva lo que pagaste indebidamente, tal como si la deuda hubiera sido legítima desde el principio.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1640

Explicación en Lenguaje Simple:

Al crear una nueva deuda para reemplazar la antigua, los intereses que generaba la primera se eliminan automáticamente, a menos que las partes acuerden explícitamente que los intereses se mantengan o se consideren en el nuevo trato acordado entre ellos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1641

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando reemplazas una deuda por otra nueva, ya sea cambiando al deudor o no, todos los beneficios y privilegios especiales que tenía la deuda original se terminan. La nueva obligación comienza desde cero respecto a estas ventajas legales específicas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1642

Explicación en Lenguaje Simple:

Si cambias la deuda, las hipotecas o prendas antiguas no pasan a la nueva, salvo que acuerdes conservarlas. No valen si afectan bienes de terceros que no aceptan, ni si la deuda nueva es mayor en intereses que la anterior original.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1643

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el deudor cambia, no puedes mantener hipotecas sobre sus bienes aunque acepte. Si acuerdas con un codeudor solidario, la reserva solo le afecta a él; los bienes de los otros codeudores quedan libres, a menos que ellos acepten la nueva deuda.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1644

Explicación en Lenguaje Simple:

En los casos donde la reserva de prendas o hipotecas no puede aplicarse automáticamente, puedes renovarlas si quieres. Eso sí, debes cumplir con todas las formalidades legales como si estuvieras creando la garantía por primera vez, desde su nueva fecha.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1645

Explicación en Lenguaje Simple:

La novación es un cambio que libera automáticamente a los otros codeudores que tenían una responsabilidad solidaria o subsidiaria, siempre y cuando ellos no hayan aceptado ser parte de este nuevo acuerdo que reemplaza a la obligación que tenían anteriormente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1646

Explicación en Lenguaje Simple:

Si la nueva obligación solo consiste en añadir o quitar una cantidad o especie a la original, los codeudores solidarios o subsidiarios siguen obligados. Eso sí, su responsabilidad solo llega hasta el límite de lo que ambas obligaciones tienen en común.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1647

Explicación en Lenguaje Simple:

Si la nueva obligación es solo una multa por incumplir la anterior, los privilegios se mantienen si ambas son exigibles. Pero si el acreedor exige solo la multa, la deuda anterior se extingue junto con sus garantías y privilegios asociados.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1648

Explicación en Lenguaje Simple:

Si solo cambias el lugar físico donde debes pagar, no pasa nada grave. Se mantienen los privilegios, prendas, hipotecas y la responsabilidad de los codeudores, sin que se agregue ninguna carga nueva o extra a lo que ya estaba pactado.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1649

Explicación en Lenguaje Simple:

Si solo te dan más plazo para pagar, no es una deuda nueva. Sin embargo, los fiadores y las garantías sobre bienes de terceros quedan liberados, a menos que ellos acepten expresamente este nuevo plazo más largo para cumplir con la obligación.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1650

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te reducen el plazo para pagar, tampoco es una deuda nueva. La diferencia es que el acreedor no puede cobrarles a los codeudores solidarios o subsidiarios antes de que se cumpla el plazo original que se había acordado al inicio.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1651

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el acreedor aceptó la nueva deuda bajo la condición de que los otros codeudores solidarios o subsidiarios también participaran, y ellos finalmente se niegan o no acceden, entonces el acuerdo de novación se considera como si nunca hubiera existido realmente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1652

Explicación en Lenguaje Simple:

Para perdonar o remitir una deuda, el acreedor debe tener la capacidad legal necesaria para disponer libremente de la cosa o dinero que está perdonando. Si no es dueño o no tiene facultades, el perdón no tiene ningún valor legal.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1653

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando perdonas una deuda solo por generosidad, esto se trata legalmente como una donación. Por lo tanto, debe seguir las reglas de las donaciones entre personas vivas, incluyendo la necesidad de solicitar autorización judicial en los casos que la ley exija.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1654

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el acreedor te devuelve el pagaré o título de la deuda voluntariamente, se entiende que te perdonó. Él puede probar que fue un error o sin ánimo de perdonar, pero si no lo hace, el perdón se da por hecho.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1655

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando dos personas son deudoras una de la otra al mismo tiempo, ocurre una compensación. Esto significa que ambas deudas se borran automáticamente hasta que sus valores se igualan, extinguiéndose total o parcialmente según lo que cada una deba pagar.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1656

Explicación en Lenguaje Simple:

La compensación ocurre por ley automáticamente si ambas deudas son de dinero o cosas iguales, si están claras en su monto y si ya se pueden cobrar. Si el deudor tiene un plazo de espera, la compensación no puede realizarse todavía.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1657

Explicación en Lenguaje Simple:

Para compensar, ambos deben ser deudores directos entre sí. Un deudor no puede usar una deuda que el acreedor tenga con un tercero para pagar la suya. Tampoco puedes compensar tu deuda usando créditos que tus socios tengan contra el acreedor.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1658

Explicación en Lenguaje Simple:

El mandatario puede compensar la deuda de su jefe usando créditos del jefe y también los suyos propios contra el acreedor, dando garantía de que el jefe estará de acuerdo. No puede compensar lo que él debe a otros sin permiso.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1659

Explicación en Lenguaje Simple:

Si aceptas que el acreedor ceda sus derechos, no podrás compensar deudas antiguas contra el nuevo dueño. Si no aceptaste la cesión, puedes compensar cualquier crédito que tuvieras contra el acreedor original, incluso si aún no era exigible al momento de la notificación.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1660

Explicación en Lenguaje Simple:

Aunque la compensación ocurra por ley, si no la alegas por desconocer tu crédito, mantienes vivos tus beneficios como fianzas, prendas o hipotecas. No pierdes tus garantías, así que tranquilo, tu respaldo sigue vigente aunque no hayas hecho valer la compensación a tiempo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1661

Explicación en Lenguaje Simple:

La compensación no puede dañar a terceros. Por ejemplo, si un crédito fue embargado por orden judicial, el deudor no puede usar sus propios créditos, adquiridos después de ese embargo, para compensar la deuda y así perjudicar a quien realizó el embargo originalmente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1662

Explicación en Lenguaje Simple:

No puedes aplicar compensación si te piden devolver algo que robaron, un depósito o un préstamo de uso, incluso si debes pagar el dinero equivalente. Tampoco vale la compensación si el pago es por violencia, fraude o si se trata de alimentos no embargables.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1663

Explicación en Lenguaje Simple:

Si tienes varias deudas que se pueden compensar entre sí, debes aplicar las mismas reglas que se usan cuando pagas deudas distintas. En resumen, el orden para descontarlas sigue los mismos criterios que se aplican para determinar qué deuda estás pagando realmente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1664

Explicación en Lenguaje Simple:

Si las deudas deben pagarse en lugares distintos, no puedes aplicar la compensación fácilmente. Solo puedes hacerlo si ambas deudas son de dinero y, muy importante, quien propone la compensación debe hacerse cargo de todos los gastos que implique el traslado del dinero.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1665

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando en una misma persona se juntan los roles de acreedor y deudor, la deuda se extingue automáticamente por ley. Esto se llama confusión y tiene el mismo efecto práctico que si hubieras pagado la deuda completamente, pues ya no debes nada.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1666

Explicación en Lenguaje Simple:

Si la deuda principal se extingue por confusión, la fianza también termina. Pero ojo, si lo que se extingue es solo la fianza por confusión, la obligación principal sigue vivita y coleando. No confundas una con la otra, porque sus efectos son distintos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1667

Explicación en Lenguaje Simple:

La confusión solo extingue la parte de la deuda donde coinciden los roles de acreedor y deudor. Si solo una parte de la obligación se ve afectada por esta mezcla de calidades, el resto de la deuda sigue existiendo normalmente entre las partes involucradas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1668

Explicación en Lenguaje Simple:

Si un deudor solidario se vuelve acreedor, puede cobrar a sus compañeros su parte proporcional. Si es un acreedor solidario quien se vuelve deudor, deberá pagar a sus antiguos compañeros la parte que les corresponde del crédito que se extinguió por la confusión.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1669

Explicación en Lenguaje Simple:

Si recibes una herencia con beneficio de inventario, tus propias deudas y créditos personales no se mezclan con los del fallecido. Así, tu patrimonio personal queda protegido y separado, evitando confusiones legales entre lo que es tuyo y lo que pertenece a la herencia.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1670

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el objeto único que debías entregar se destruye, desaparece o queda fuera del comercio, tu obligación de entregarlo se extingue. Ya no estás obligado a darlo, salvo algunas excepciones importantes que te explicaré más adelante en los siguientes artículos de esta ley.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1671

Explicación en Lenguaje Simple:

Si la cosa que debías entregar se destruye mientras estaba en tu poder, la ley asume que fue por tu culpa o por algo que tú hiciste. Te tocará probar lo contrario si quieres demostrar que no tuviste ninguna responsabilidad en su pérdida o destrucción.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1672

Explicación en Lenguaje Simple:

Si la cosa se pierde por tu culpa o estando en mora, sigues obligado a pagar el valor y una indemnización. Si fue por caso fortuito, solo pagas indemnización si debías entregarla antes. Si no, quedas libre de pagar el precio, pero cuidado con las pruebas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1673

Explicación en Lenguaje Simple:

Si en tu contrato te comprometiste específicamente a responder incluso ante casos fortuitos, o si aceptaste ser responsable de alguno en particular, entonces debes cumplir con lo que firmaste. Lo que pactaste voluntariamente prevalece, así que revisa bien tus compromisos legales con el acreedor.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1674

Explicación en Lenguaje Simple:

Si alegas que algo se destruyó por caso fortuito, te corresponde a ti probarlo. Además, si ya estabas en mora y dices que igual se habría destruido en manos del acreedor, también debes demostrarlo con pruebas claras. La carga de la prueba es tuya.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1675

Explicación en Lenguaje Simple:

Si aparece el objeto que se creía perdido, el acreedor puede recuperarlo. Eso sí, deberá devolver el dinero que recibió anteriormente como compensación por el valor de la cosa. Es justo: recupera su bien, pero devuelve lo que cobró por la supuesta pérdida.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1676

Explicación en Lenguaje Simple:

Si robaste o hurtaste algo, no puedes usar la excusa del caso fortuito para evitar tu responsabilidad. Aunque la cosa se haya destruido por razones naturales que también habrían afectado al dueño, tú igual respondes por ella. El que roba, asume todo el riesgo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1677

Explicación en Lenguaje Simple:

Aunque tu obligación de entregar la cosa se extinga porque esta pereció, el acreedor tiene un derecho. Él puede pedirte que le cedas todas las acciones legales que tú tengas contra las personas que causaron la destrucción de dicha cosa por su culpa.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1678

Explicación en Lenguaje Simple:

Si destruiste la cosa sin saber que tenías la obligación de entregarla, solo debes pagar el precio original del objeto. En este caso específico, no estás obligado a pagar indemnizaciones extra por perjuicios, ya que actuaste sin conocer la existencia de tu deber legal.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1679

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando la ley habla de tu culpa o tus actos, también incluye lo que hagan las personas que están bajo tu responsabilidad. Si ellos actúan mal o cometen una negligencia, legalmente es como si lo hubieras hecho tú mismo. Ten mucho cuidado con eso.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1680

Explicación en Lenguaje Simple:

Si ofreciste la cosa al acreedor y él se demoró en recibirla, solo serás responsable si la cosa se destruye por tu culpa grave o porque actuaste con mala intención. En ese periodo de retardo, tu responsabilidad es mucho menor frente a la pérdida.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1681

Explicación en Lenguaje Simple:

Un acto o contrato es nulo si le faltan los requisitos que exige la ley según el tipo de acuerdo o la calidad de las personas. La nulidad es la forma en que el derecho sanciona que un negocio jurídico no cumpla con lo necesario.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1682

Explicación en Lenguaje Simple:

La nulidad es absoluta si falta algo esencial por ley o hay incapacidad absoluta. En cambio, si el error es de otra especie o es menos grave, se llama nulidad relativa. Esta última permite que el contrato se rescinda, pero tiene reglas distintas a la absoluta.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 1683

Explicación en Lenguaje Simple:

El juez puede declarar la nulidad absoluta de oficio si es evidente. Puede pedirla cualquier interesado, salvo quien causó el vicio a sabiendas. No se puede arreglar con el tiempo si pasan diez años, ni tampoco mediante la ratificación de las partes involucradas en el contrato.

💡 Explicación Sencilla