Código Civil

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Lenguaje Simple

FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL CODIGO CIVIL; DE LA LEY Nº4.808, SOBRE REGISTRO CIVIL, DE LA LEY Nº17.344, QUE AUTORIZA CAMBIO DE NOMBRES Y APELLIDOS, DE LA LEY Nº 16.618, LEY DE MENORES, DE LA LEY Nº 14.908, SOBRE ABANDONO DE FAMILIA Y PAGO DE PENSIONES ALIMENTICIAS, Y DE LA LEY Nº16.271, DE IMPUESTO A LAS HERENCIAS, ASIGNACIONES Y DONACIONES

DFL 1 · 2841 artículos · Versión BCN: 2000-05-30 · Ver en LeyChile ↗

Artículo 2357

Explicación en Lenguaje Simple:

Como fiador, tienes el beneficio de excusión. Esto significa que puedes exigir al acreedor que primero intente cobrarle la deuda al deudor principal, revisando sus bienes, prendas o hipotecas, antes de que te molesten a ti para pagar su deuda.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2358

Explicación en Lenguaje Simple:

Para usar el beneficio de excusión, debes cumplir varias condiciones: no haber renunciado a él, no ser codeudor solidario, que la deuda sea legal, que el juez no haya ordenado la fianza, oponerlo al ser requerido y señalar los bienes del deudor.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2359

Explicación en Lenguaje Simple:

Ojo, no sirven para la excusión bienes fuera del país, aquellos que están embargados o en juicio, créditos de difícil cobro, bienes con condiciones que puedan hacerlos desaparecer, ni los hipotecados por deudas preferentes que cubran el pago total de las mismas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2360

Explicación en Lenguaje Simple:

Si tú, como fiador principal, decides renunciar al beneficio de excusión, esto no implica que el subfiador también esté renunciando. Él mantiene su derecho intacto, ya que la renuncia es un acto personal que no afecta automáticamente a otros fiadores involucrados.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2361

Explicación en Lenguaje Simple:

El acreedor tiene derecho a pedirte que le adelantes el dinero necesario para cubrir los costos del juicio de excusión. El juez fijará el monto, pero si prefieres encargarte tú mismo de hacer la gestión en un plazo razonable, se te escuchará.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2362

Explicación en Lenguaje Simple:

Si hay varios deudores principales y son solidarios, pero solo uno cuenta con tu fianza, puedes exigir que, antes de ir contra ti, el acreedor persiga los bienes de ese deudor específico y también los de sus otros codeudores solidarios.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2363

Explicación en Lenguaje Simple:

Ten presente que solo puedes usar el beneficio de excusión una vez. Si los bienes que indicaste al principio no alcanzan para cubrir la deuda, no podrás señalar otros nuevos, a menos que el deudor los haya adquirido después de ese primer momento.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2364

Explicación en Lenguaje Simple:

Si los bienes que señalaste solo alcanzan a pagar una parte de la deuda, el acreedor está obligado a recibir ese pago parcial. Solo podrá cobrarte a ti la diferencia que quede pendiente, es decir, el saldo que no se logró cubrir.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2365

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el acreedor es dejado y no actúa diligentemente para cobrar al deudor, tú no respondes por la pérdida. Solo pagarás lo que no se pudo obtener si el acreedor realmente perdió su oportunidad por ser negligente teniendo cómo cobrar antes.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2366

Explicación en Lenguaje Simple:

El subfiador, que es quien garantiza la obligación del fiador, también tiene el derecho a pedir el beneficio de excusión. Puede exigirlo tanto respecto al fiador principal como al deudor principal, tal como lo haría un fiador ante el acreedor.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2367

Explicación en Lenguaje Simple:

Si hay varios fiadores para una deuda y no son solidarios, la deuda se divide en partes iguales entre ellos. Si uno es insolvente, la carga sube para los otros. Si un fiador limitó su responsabilidad a una suma fija, solo pagará eso.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2368

Explicación en Lenguaje Simple:

Aunque los fiadores hayan firmado sus contratos en momentos distintos o de forma separada, si todos garantizan la misma deuda para un mismo deudor, se aplica igual la regla de división de la deuda entre ellos por partes iguales y proporcionales.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2369

Explicación en Lenguaje Simple:

Puedes exigir al deudor que te libere de la fianza, que te dé garantías o consigne dinero si este malgasta sus bienes, si vence un plazo, si han pasado cinco años, o si temes que se fugue sin dejar suficientes bienes para pagar.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2370

Explicación en Lenguaje Simple:

Si pagaste por el deudor, tienes derecho a que te reembolse todo, incluyendo intereses y gastos, incluso si el deudor no sabía que eras fiador. Eso sí, no puedes cobrarle gastos innecesarios o los ocurridos antes de avisarle sobre la demanda.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2371

Explicación en Lenguaje Simple:

Si alguien te encargó ser fiador y ya pagaste la deuda, puedes demandar a esa persona para que te reembolse, pidiéndole el dinero a quien te dio la instrucción, sin perjuicio de que también puedas ir contra el deudor principal original.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2372

Explicación en Lenguaje Simple:

Si afianzaste a varios deudores solidarios, puedes exigirle a cada uno el total. Si solo afianzaste a uno, solo a él puedes cobrarle el total. Ante los otros deudores, solo tendrás los derechos que hubieras heredado del deudor al que ayudaste.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2373

Explicación en Lenguaje Simple:

Si por tu cuenta decidiste pagar la deuda antes de que venciera el plazo acordado originalmente, no puedes intentar cobrarle ese dinero al deudor principal hasta que ese plazo se cumpla realmente. Debes esperar a la fecha estipulada para actuar.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2374

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el acreedor decidió perdonarte la deuda, total o parcialmente, no puedes cobrarle ese monto al deudor. No puedes lucrar con un perdón que recibiste, a menos que el acreedor te haya cedido explícitamente sus derechos para que tú cobres después.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2375

Explicación en Lenguaje Simple:

No tendrás derecho a reembolso si la deuda era natural y no fue validada, si fuiste fiador contra la voluntad del deudor (salvo que la deuda se extinga), o si el pago que hiciste no fue válido y la deuda sigue existiendo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2376

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el deudor paga pero no te avisa, y tú pagas de nuevo por no saber que la deuda ya se terminó, él es responsable de devolverte ese dinero. Él tendrá que pedirle la restitución al acreedor por haber recibido un pago indebido.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2377

Explicación en Lenguaje Simple:

Si pagas sin avisarle al deudor, él puede defenderse contra ti usando las mismas excusas que habría tenido contra el acreedor. Si él paga de nuevo por tu falta de aviso, no puedes pedirle reembolso, solo intentar recuperar el dinero del acreedor.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2378

Explicación en Lenguaje Simple:

Si pagaste más de lo que te correspondía proporcionalmente respecto a otros fiadores, tienes derecho a ocupar el lugar del acreedor. Esto te permite cobrarles a los otros cofiadores la parte que ellos debían haber pagado y que tú cubriste por ellos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2379

Explicación en Lenguaje Simple:

Los otros cofiadores no pueden usar contra ti las defensas personales que solo le servían al deudor principal. Tampoco pueden usar contra ti las defensas personales que tú tenías contra el acreedor y que decidiste no utilizar al momento del pago.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2380

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el fiador por quien te hiciste subfiador no tiene dinero para pagar, tú eres responsable de asumir sus obligaciones frente a los otros fiadores que también garantizan la deuda. Tu compromiso cubre la parte que a él le correspondía cumplir realmente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2381

Explicación en Lenguaje Simple:

La fianza se termina por las mismas razones que otras obligaciones, pero también si el acreedor te libera, si el acreedor pierde las acciones que tú debías heredar al pagar, o cuando la deuda principal se extingue total o parcialmente por cualquier motivo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2382

Explicación en Lenguaje Simple:

Si le pagas al acreedor con algo distinto a lo acordado y él acepta, la fianza se termina para siempre. Aunque después resulte que ese objeto no era tuyo o tenía problemas legales, la fianza ya no vuelve a existir, quédate tranquilo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2383

Explicación en Lenguaje Simple:

La fianza se acaba si tú, que eres fiador, terminas siendo el mismo acreedor o el mismo deudor. Es como si el rol desapareciera al juntarse en una sola persona. Eso sí, si hay un subfiador, su obligación sigue vigente ante los demás.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2384

Explicación en Lenguaje Simple:

La prenda es cuando entregas un objeto mueble a quien te prestó dinero para asegurar que le pagarás. Ese objeto es la prenda y a la persona que lo recibe y guarda se le llama acreedor prendario. Es una garantía por tu deuda.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2385

Explicación en Lenguaje Simple:

La prenda no existe por sí sola. Para que haya un contrato de prenda, siempre debe haber primero una obligación principal, como una deuda, a la cual esta prenda sirve como un respaldo o garantía adicional para asegurar que todo se cumpla.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2386

Explicación en Lenguaje Simple:

El contrato de prenda no se considera listo o perfecto solo con firmar papeles. Para que realmente exista y sea válido, es indispensable que entregues físicamente el objeto que das en prenda al acreedor. Sin la entrega del objeto, no hay contrato.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2387

Explicación en Lenguaje Simple:

Para dejar algo en prenda, tienes que tener el poder legal para venderlo. No puedes empeñar cosas que no sean tuyas o sobre las cuales no tengas autorización para disponer, porque el contrato requiere que seas el dueño o tengas esa facultad.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2388

Explicación en Lenguaje Simple:

No solo tú puedes dar algo en prenda si eres el deudor. Cualquier otra persona puede ofrecer un objeto propio para garantizar tu deuda, haciendo ese favor para ayudarte a que te otorguen el crédito que necesitas. Es totalmente válido.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2389

Explicación en Lenguaje Simple:

Puedes dar un crédito en prenda entregando el documento que lo prueba. Pero ojo, debes avisarle al deudor de ese crédito que no le pague a nadie más, prohibiéndole entregar el dinero a otras personas para asegurar que tu prenda funcione bien.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2390

Explicación en Lenguaje Simple:

Si empeñas algo que no es tuyo sin permiso del dueño, el contrato vale mientras el dueño no lo reclame. Pero si el acreedor sabía que la cosa era robada o perdida, se aplican reglas especiales sobre la responsabilidad por ese objeto.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2391

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el verdadero dueño recupera lo que empeñaste sin su permiso, el acreedor puede exigir otra prenda de igual valor o más. Si no se la das, puede pedir que le pagues toda la deuda inmediatamente, aunque tu plazo para pagar aún no venza.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2392

Explicación en Lenguaje Simple:

Nadie te puede quitar algo por la fuerza para usarlo como prenda, salvo que un juez lo ordene. No pueden retener tus cosas para asegurar una deuda si no estás de acuerdo, a menos que la ley lo permita en casos muy específicos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2393

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el acreedor pierde la prenda, puede recuperarla de quien sea que la tenga, incluso de ti. Pero tú puedes recuperarla pagando toda la deuda. Si haces eso, el acreedor no puede negarse a devolvértela inventando otras deudas pendientes que tengas con él.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2394

Explicación en Lenguaje Simple:

El acreedor tiene el deber de cuidar el objeto que recibió en prenda, como si fuera algo suyo de gran valor. Si el objeto se daña o se deteriora por culpa suya o descuido, él debe responder por esos daños que causó.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2395

Explicación en Lenguaje Simple:

El acreedor no puede usar el objeto que tiene en prenda a menos que tú le des permiso. Mientras lo tenga, sus obligaciones son similares a las de alguien que recibe algo en custodia, debiendo guardarlo sin darle uso personal indebido.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2396

Explicación en Lenguaje Simple:

No puedes pedir que te devuelvan la prenda hasta que pagues toda la deuda, intereses y gastos de conservación. Si abusas del objeto, el acreedor pierde su derecho y puedes exigir que te lo devuelvan de inmediato. Puedes pedir reemplazar la prenda también.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2397

Explicación en Lenguaje Simple:

Si no pagas, el acreedor puede pedir que vendan la prenda en remate público para cobrarse. Si nadie compra, puede pedir que la tasen y se la adjudiquen. No existen acuerdos donde él pueda apropiarse del objeto sin seguir estos pasos legales estrictos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2398

Explicación en Lenguaje Simple:

Si la prenda se va a vender en un remate público, tanto tú como el acreedor tienen el derecho de participar en la licitación. Ambos pueden intentar quedarse con el objeto cumpliendo las reglas del remate, tal como cualquier otro interesado.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2399

Explicación en Lenguaje Simple:

Hasta que no se termine la venta o el acreedor se quede legalmente con la prenda, tú todavía tienes el derecho de recuperar tu objeto. Solo debes pagar toda la deuda completa, incluyendo los gastos extra que el remate haya generado hasta ahora.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2400

Explicación en Lenguaje Simple:

Este artículo ya no está vigente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2401

Explicación en Lenguaje Simple:

Al pagar tu deuda, deben devolverte la prenda. Sin embargo, el acreedor puede retenerla si tienes otras deudas con él, siempre que sean claras, vencidas y se hayan generado después de haber constituido la prenda inicial para cubrir el primer crédito.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2402

Explicación en Lenguaje Simple:

Si al vender la prenda no alcanza para cubrir toda la deuda, el dinero se usa primero para pagar intereses y costos. Si la prenda garantizaba varias deudas, se siguen reglas claras sobre cómo se reparte el pago para cubrir cada una.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2403

Explicación en Lenguaje Simple:

El acreedor debe devolverte la prenda junto con todo lo que haya crecido o aumentado naturalmente. Si el objeto prendado produjo frutos, como intereses o productos, estos se pueden usar para abonar a tu deuda, rindiéndote cuentas de lo ocurrido.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2404

Explicación en Lenguaje Simple:

Si vendes el objeto prendado, el comprador tiene derecho a pedirle al acreedor que se lo entregue, pagando la deuda. El acreedor no puede negarse a devolver la prenda alegando otros créditos pendientes, debe entregarla una vez que la deuda esté cancelada.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2405

Explicación en Lenguaje Simple:

La prenda es indivisible. Si tú o un heredero pagan una parte de la deuda, eso no significa que puedan recuperar una parte de la prenda. La prenda sigue garantizando toda la deuda hasta que el último peso sea pagado totalmente por todos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2406

Explicación en Lenguaje Simple:

El derecho de prenda se acaba si el objeto se destruye totalmente. También termina si la propiedad del objeto pasa al acreedor o si, por condiciones legales previas, quien dio la prenda pierde su derecho de dominio sobre ella originalmente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2407

Explicación en Lenguaje Simple:

La hipoteca es una garantía sobre una propiedad inmueble. Lo importante es que, aunque el bien quede hipotecado, tú como deudor sigues siendo el dueño y conservas la posesión de tu propiedad mientras dure el contrato.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2408

Explicación en Lenguaje Simple:

La hipoteca es indivisible. Esto significa que si hipotecaste un bien para asegurar una deuda, todo el inmueble responde por la totalidad del monto adeudado. Aunque pagues una parte, la hipoteca sigue afectando la totalidad de la propiedad.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2409

Explicación en Lenguaje Simple:

Para que una hipoteca sea válida, debe hacerse sí o sí mediante escritura pública. Puedes incluir este acuerdo en el mismo documento donde firmas el contrato principal de la deuda, facilitando así el trámite legal necesario.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2410

Explicación en Lenguaje Simple:

¡Atención! La hipoteca no existe legalmente si no la inscribes en el Conservador de Bienes Raíces. Sin este registro, el contrato no tiene valor alguno y no sirve para proteger tus derechos frente a terceros en ninguna situación.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2411

Explicación en Lenguaje Simple:

Si hiciste un contrato hipotecario fuera de Chile, este puede ser válido aquí. Solo necesitas inscribir el documento en el registro chileno correspondiente. Cumpliendo este paso, la propiedad ubicada en el país queda bajo la garantía hipotecaria pactada.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2412

Explicación en Lenguaje Simple:

Si tu contrato de hipoteca tenía un error pero se arregló legalmente con el tiempo, no te preocupes. La fecha oficial de la hipoteca será siempre el día en que quedó anotada en el Conservador de Bienes Raíces, respetando ese registro.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2413

Explicación en Lenguaje Simple:

Puedes hipotecar bajo condiciones o plazos. La hipoteca empieza a valer cuando se cumple la condición o llega la fecha pactada, pero su fecha legal será siempre la de inscripción. Además, puedes inscribirla en cualquier momento según tu acuerdo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2414

Explicación en Lenguaje Simple:

Solo puede hipotecar quien tiene poder legal para vender el bien. Puedes hipotecar un bien propio para asegurar la deuda de otra persona, pero ojo: no eres responsable personalmente de pagar esa deuda, a menos que lo hayas firmado expresamente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2415

Explicación en Lenguaje Simple:

Eres libre de vender o hipotecar nuevamente tu propiedad, aunque el contrato diga que no puedes. Cualquier cláusula que intente prohibirte hacer esto no tiene validez legal. Tu derecho a disponer de tu bien es algo que se respeta.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2416

Explicación en Lenguaje Simple:

Si hipotecas algo sobre lo cual tienes un derecho limitado, la hipoteca también lo será. Si tu derecho depende de una condición futura, la hipoteca seguirá esa misma suerte, quedando sujeta a las mismas limitaciones que tenía originalmente tu derecho.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2417

Explicación en Lenguaje Simple:

Si tienes una propiedad en común, puedes hipotecar tu parte antes de dividirla. Si después se divide, la hipoteca recaerá solo sobre lo que te toque. Si no te toca nada hipotecable, la garantía simplemente deja de existir legalmente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2418

Explicación en Lenguaje Simple:

La hipoteca solo puede recaer sobre bienes raíces que poseas como dueño o usufructuario, o sobre naves. Para el caso específico de los barcos, las reglas son distintas y se rigen completamente por lo que dice el Código de Comercio.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2419

Explicación en Lenguaje Simple:

Si hipotecas bienes futuros, el acreedor no obtiene un derecho inmediato sobre ellos. El derecho aparece recién cuando tú adquieres legalmente esos inmuebles, permitiendo que el acreedor solicite la inscripción de la hipoteca en ese momento específico.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2420

Explicación en Lenguaje Simple:

La hipoteca sobre tu terreno incluye también los bienes muebles que están unidos a él de forma permanente. Sin embargo, esto deja de aplicar si esos muebles son vendidos o pasan a pertenecer a otra persona legalmente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2421

Explicación en Lenguaje Simple:

La hipoteca no se queda estancada. Si haces arreglos, mejoras o tu propiedad aumenta de valor por cualquier razón, la hipoteca se extiende automáticamente a todo eso. Todo lo que mejore tu inmueble queda cubierto bajo la misma garantía.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2422

Explicación en Lenguaje Simple:

Si tu propiedad hipotecada genera dinero por arriendos o si recibe una indemnización de seguros, la hipoteca también cubre esos montos. Es decir, la garantía abarca tanto el bien raíz como los frutos o dineros que este produzca.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2423

Explicación en Lenguaje Simple:

Si la hipoteca es sobre un usufructo o sobre minas, no incluye los frutos que ya se sacaron ni los minerales ya extraídos. La garantía se enfoca exclusivamente en la fuente o el derecho, sin tocar lo que ya se separó.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2424

Explicación en Lenguaje Simple:

Como acreedor hipotecario, tienes los mismos derechos para cobrar tu deuda sobre la propiedad hipotecada que los que tendría alguien que tiene una prenda. El objetivo principal es asegurar el pago utilizando el bien como respaldo preferente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2425

Explicación en Lenguaje Simple:

Si tienes una hipoteca, puedes cobrarla sobre la propiedad y además perseguir otros bienes del deudor. Sin embargo, el privilegio de ser el primero en cobrar (la preferencia) solo se aplica sobre el bien hipotecado, no sobre los demás.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2426

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el acreedor intenta rematar tu propiedad, puedes optar por entregarla. Pero, antes de que se adjudique a otro, todavía tienes la opción de recuperarla pagando la deuda completa, más todos los gastos y costos que le causaste al acreedor.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2427

Explicación en Lenguaje Simple:

Si tu propiedad pierde valor y ya no alcanza para cubrir la deuda, el acreedor puede pedirte que mejores la hipoteca o le des otra garantía. Si no lo haces, puede exigirte el pago inmediato del total de la deuda.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2428

Explicación en Lenguaje Simple:

El acreedor puede perseguir la propiedad hipotecada aunque esté en manos de otra persona. La única excepción es si alguien compró la finca en un remate judicial donde se avisó a todos los acreedores para que cobraran sus deudas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2429

Explicación en Lenguaje Simple:

Si alguien compra una propiedad ya hipotecada, debe pagar la deuda. No puede exigir que primero busquen al deudor original. Si paga, toma el lugar del acreedor. Si pierde la propiedad, el deudor original debe indemnizarlo por todo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2430

Explicación en Lenguaje Simple:

Si hipotecas un bien para una deuda ajena, no te obligas personalmente a pagar, salvo que lo hayas aceptado. Esta figura se llama fianza hipotecaria. En lo personal, te rigen las mismas reglas que a cualquier fiador común y corriente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2431

Explicación en Lenguaje Simple:

Puedes limitar la hipoteca a una suma fija. Nunca podrá superar el doble del valor de la deuda, aunque hayan acordado lo contrario. Si es mayor, tienes derecho a pedir que se reduzca el monto mediante una nueva inscripción.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2432

Explicación en Lenguaje Simple:

La inscripción de tu hipoteca debe incluir los datos personales del acreedor y deudor, detalles del contrato, la ubicación y linderos de la propiedad, el monto máximo de la garantía, además de la fecha y la firma del Conservador de Bienes Raíces.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2433

Explicación en Lenguaje Simple:

Si a la inscripción de tu hipoteca le faltan algunos datos específicos, no te preocupes, no se anulará. Siempre que sea posible entender la información faltante revisando el mismo documento o los contratos relacionados, la inscripción sigue siendo totalmente válida.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2434

Explicación en Lenguaje Simple:

La hipoteca termina cuando pagas toda tu deuda. También se extingue si se resuelve el derecho de quien la creó, al cumplirse un plazo acordado o cuando el acreedor entrega una escritura pública para cancelarla, dejando nota al margen de la inscripción.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2435

Explicación en Lenguaje Simple:

La anticresis es un contrato especial donde le entregas una propiedad raíz a tu acreedor para que, con las ganancias o frutos que esta produzca, pueda ir pagando la deuda que mantienes con él.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2436

Explicación en Lenguaje Simple:

Ten en cuenta que la propiedad raíz que entregas en anticresis puede ser tuya, o bien, puede pertenecer a otra persona, siempre y cuando ese tercero acepte participar en este acuerdo y entregar su inmueble para este fin.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2437

Explicación en Lenguaje Simple:

Para que el contrato de anticresis sea válido y se perfeccione, es fundamental realizar la entrega física o tradición del inmueble al acreedor, permitiéndole así que tome posesión para empezar a obtener los beneficios de la propiedad.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2438

Explicación en Lenguaje Simple:

La anticresis por sí sola no te da un derecho real sobre el inmueble. El acreedor tiene derechos similares a los de un arrendatario y no puede pasar por encima de otros derechos reales o arriendos que ya existían previamente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2439

Explicación en Lenguaje Simple:

Es totalmente posible entregar en anticresis un inmueble que ya tenías hipotecado con la misma persona. También puedes hipotecar a tu acreedor aquel inmueble que ya le habías entregado previamente en anticresis, cumpliendo siempre con todas las formalidades legales.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2440

Explicación en Lenguaje Simple:

Si eres el acreedor en una anticresis, tienes los mismos derechos que un arrendatario para pedir el reembolso de mejoras o gastos. También tienes las mismas obligaciones respecto a cuidar y mantener la propiedad en buen estado mientras la uses.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2441

Explicación en Lenguaje Simple:

Ojo, el acreedor nunca se vuelve dueño de la propiedad si no le pagas. Tampoco tiene preferencia sobre otros acreedores, a menos que exista una hipoteca de por medio. Cualquier acuerdo que diga lo contrario es nulo y no tiene valor.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2442

Explicación en Lenguaje Simple:

Si la deuda que tienes genera intereses, el acreedor tiene todo el derecho legal de usar el dinero o frutos que produzca la propiedad primero para cubrir esos intereses y, solo después, para ir descontando el capital de la deuda.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2443

Explicación en Lenguaje Simple:

Ustedes pueden acordar que los frutos de la propiedad compensen los intereses, ya sea total o parcialmente. Si los intereses pactados resultan excesivos, están sujetos a las mismas reglas de reducción legal que se aplican en los préstamos comunes.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2444

Explicación en Lenguaje Simple:

No puedes pedir que te devuelvan el inmueble hasta que la deuda esté totalmente pagada. Por su parte, el acreedor puede devolver la propiedad cuando quiera y buscar otras formas legales de cobrarte, salvo que hayan acordado algo distinto antes.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2445

Explicación en Lenguaje Simple:

Para todo lo relacionado con la anticresis judicial, también conocida como prenda pretoria, debes seguir estrictamente las normas y procedimientos que están establecidos en el Código de Enjuiciamiento, respetando lo que allí se indica para estos casos específicos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2446

Explicación en Lenguaje Simple:

La transacción es un contrato donde las partes ponen fin a un juicio actual o evitan uno futuro sin ir a tribunales. Pero ojo, si solo renuncias a un derecho que nadie te está disputando, eso no cuenta como transacción.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2447

Explicación en Lenguaje Simple:

Para poder realizar una transacción, debes tener plena capacidad legal para disponer de los bienes o derechos que forman parte del acuerdo. Si no tienes la facultad legal sobre ellos, no puedes cerrar un pacto de este tipo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2448

Explicación en Lenguaje Simple:

Si contratas a alguien para actuar en tu nombre en una transacción, ese mandatario necesita un poder especial que mencione claramente los bienes, derechos y acciones específicos sobre los cuales tiene permiso para negociar y cerrar el acuerdo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2449

Explicación en Lenguaje Simple:

Puedes transigir sobre las consecuencias civiles derivadas de un delito, como las indemnizaciones, pero ten mucho cuidado: esto no afecta en nada la acción penal. El proceso criminal sigue su curso independientemente de lo que acuerden en el ámbito civil.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2450

Explicación en Lenguaje Simple:

La ley es clara: no puedes hacer tratos ni transacciones sobre el estado civil de las personas. Ese es un tema que queda fuera de cualquier acuerdo privado, ya que afecta derechos fundamentales que no están sujetos a negociación.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2451

Explicación en Lenguaje Simple:

Si quieres transigir sobre alimentos futuros, necesitas obligatoriamente la aprobación de un juez. El magistrado no podrá autorizar el acuerdo si este ignora las protecciones legales básicas que tienen los beneficiarios en los artículos sobre alimentos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2452

Explicación en Lenguaje Simple:

Mucho ojo: no tiene ningún valor legal hacer una transacción sobre derechos que le pertenecen a otra persona, ni tampoco sobre derechos que no existen en la realidad. Ese tipo de acuerdos son inválidos y no puedes hacerlos valer.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2453

Explicación en Lenguaje Simple:

Si lograste que alguien firmara una transacción usando documentos falsificados, o si recurriste al engaño o a la violencia para forzar el acuerdo, la transacción es totalmente nula en cada una de sus partes, sin excepciones.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2454

Explicación en Lenguaje Simple:

Si haces una transacción basada en un título o documento que resulta ser nulo, la transacción también será nula. La única excepción es que ambas partes hayan discutido expresamente sobre ese problema específico de nulidad al momento de negociar.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2455

Explicación en Lenguaje Simple:

Si al hacer el trato resulta que el juicio ya había terminado por una sentencia definitiva y las partes no sabían, la transacción es nula. No tiene sentido negociar algo que ya fue resuelto legalmente sin que lo supieran.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2456

Explicación en Lenguaje Simple:

Se entiende que transiges considerando quién es la otra persona. Si te equivocas de persona o negocias con alguien que parece dueño pero no lo es, puedes pedir que se anule el trato. Esto protege al verdadero dueño del derecho.

💡 Explicación Sencilla