Artículo 18

Artículo 18Matrimonio Civil (19.947)

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

En la ceremonia, el Oficial leerá la declaración de los testigos, recordará que el consentimiento debe ser libre y leerá los artículos del Código Civil sobre deberes conyugales. Preguntará a los novios si aceptan casarse y los declarará unidos en nombre de la ley.

Texto oficial

Artículo 18.- En el día de la celebración y delante de los contrayentes y testigos, el Oficial del Registro Civil dará lectura a la información mencionada en el artículo 14 y reiterará la prevención indicada en el artículo 10, inciso segundo. A continuación, leerá los artículos 131, 133 y 134 del Código Civil. Preguntará a los contrayentes si consienten en recibirse el uno al otro como marido o mujer y, con la respuesta afirmativa, los declarará casados en nombre de la ley.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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