Artículo 18 — Matrimonio Civil (19.947)
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
En la ceremonia, el Oficial leerá la declaración de los testigos, recordará que el consentimiento debe ser libre y leerá los artículos del Código Civil sobre deberes conyugales. Preguntará a los novios si aceptan casarse y los declarará unidos en nombre de la ley.
Artículo 18.- En el día de la celebración y delante de los contrayentes y testigos, el Oficial del Registro Civil dará lectura a la información mencionada en el artículo 14 y reiterará la prevención indicada en el artículo 10, inciso segundo. A continuación, leerá los artículos 131, 133 y 134 del Código Civil. Preguntará a los contrayentes si consienten en recibirse el uno al otro como marido o mujer y, con la respuesta afirmativa, los declarará casados en nombre de la ley.
Fuente: BCN / LeyChile ↗