Artículo 23

Artículo 23Matrimonio Civil (19.947)

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si no hay acuerdo tras la separación, puedes pedir al juez que en un mismo juicio resuelva todas las materias juntas, tales como pensiones de alimentos, cuidado personal de los hijos, régimen de visitas, declaración de bienes familiares o el régimen de bienes del matrimonio.

Texto oficial

Artículo 23.- A falta de acuerdo, cualquiera de los cónyuges podrá solicitar que el procedimiento judicial que se sustancie para reglar las relaciones mutuas, como los alimentos que se deban, los bienes familiares o las materias vinculadas al régimen de bienes del matrimonio; o las relaciones con los hijos, como los alimentos, el cuidado personal o la relación directa y regular que mantendrá con ellos el padre o madre que no los tuviere bajo su cuidado, se extienda a otras materias concernientes a sus relaciones mutuas o a sus relaciones con los hijos.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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