Artículo 32

Artículo 32Matrimonio Civil (19.947)

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

La separación judicial rige desde que la sentencia queda firme, y debe anotarse al margen de tu certificado de matrimonio en el Registro Civil para que sea válida ante terceros. Esta sentencia te da el estado civil de separado, pero no te permite volver a casarte.

Texto oficial

Artículo 32.- La separación judicial produce sus efectos desde la fecha en que queda ejecutoriada la sentencia que la decreta. Sin perjuicio de ello, la sentencia ejecutoriada en que se declare la separación judicial deberá subinscribirse al margen de la respectiva inscripción matrimonial. Efectuada la subinscripción, la sentencia será oponible a terceros y los cónyuges adquirirán la calidad de separados, que no los habilita para volver a contraer matrimonio.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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