Artículo 34 — Matrimonio Civil (19.947)
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Determina que la sentencia de separación judicial pone fin de forma automática a la sociedad conyugal o al régimen de participación en los gananciales que existiera entre los cónyuges, procediendo la división de los bienes comunes.
Artículo 34.- Por la separación judicial termina la sociedad conyugal o el régimen de participación en los gananciales que hubiere existido entre los cónyuges, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 147 del Código Civil.
Fuente: BCN / LeyChile ↗