Artículo 68 — Matrimonio Civil (19.947)
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si el divorcio es de mutuo acuerdo, los cónyuges pueden asistir a la audiencia judicial de forma personal o representados por sus abogados apoderados especialmente facultados.
Artículo 68.- Si el divorcio fuere solicitado de común acuerdo por ambos cónyuges, las partes podrán asistir a la audiencia a que se refiere el artículo anterior personalmente o representadas por sus apoderados.
Fuente: BCN / LeyChile ↗