Artículo 7 Transitorio — Matrimonio Civil (19.947)
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Adapta las prohibiciones de matrimonio aplicables a imputados de homicidio de su cónyuge, señalando que en las regiones donde aún no rige la reforma procesal penal, estas reglas se aplicarán a quienes tengan la calidad legal de procesados.
Artículo 7º.- Las incapacidades referidas a los imputados que se establecen en los artículos 7º y 78 de la Ley de Matrimonio Civil se entenderán hechas a los procesados en las causas criminales seguidas por hechos acaecidos con anterioridad a la entrada en vigencia de la reforma procesal penal en la región respectiva.
Fuente: BCN / LeyChile ↗