Artículo 50 — Tribunales de Familia (19.968)
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Puedes solicitar formalmente al juez que la otra parte declare bajo juramento en la audiencia sobre los hechos y las circunstancias relacionadas con el conflicto del juicio que sean de su conocimiento.
Artículo 50.- Procedencia de la declaración de las partes. Cada parte podrá solicitar del juez la declaración de las demás sobre hechos y circunstancias de los que tengan noticia y que guarden relación con el objeto del juicio.
Fuente: BCN / LeyChile ↗