Artículo 1001 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Los testamentos siempre son revocables, aunque en el papel escribas que no quieres cambiarlo. Cualquier cláusula donde intentes prohibir que tu testamento sea modificado en el futuro no tiene valor alguno, aunque lo jures o pongas condiciones extrañas.
Art. 1001. Todas las disposiciones testamentarias son esencialmente revocables, sin embargo de que el testador exprese en el testamento la determinación de no revocarlas. Las cláusulas derogatorias de sus disposiciones futuras se tendrán por no escritas, aunque se confirmen con juramento. Si en un testamento anterior se hubiere ordenado que no valga su revocación si no se hiciere con ciertas palabras o señales, se mirará esta disposición como no escrita.
Fuente: BCN / LeyChile ↗