Artículo 1008 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Existen testamentos solemnes (con todas las reglas legales) y menos solemnes (con menos formalidades por casos especiales). El solemne puede ser abierto, donde todos saben el contenido, o cerrado, donde el testador mantiene sus decisiones en secreto total.
Art. 1008. El testamento es solemne, o menos solemne. Testamento solemne es aquel en que se han observado todas las solemnidades que la ley ordinariamente requiere. El menos solemne o privilegiado es aquel en que pueden omitirse algunas de estas solemnidades, por consideración a circunstancias particulares, determinadas expresamente por la ley. El testamento solemne es abierto o cerrado. Testamento abierto, nuncupativo o público es aquel en que el testador hace sabedores de sus disposiciones a los testigos; y testamento cerrado o secreto, es aquel en que no es necesario que los testigos tengan conocimiento de ellas.
Fuente: BCN / LeyChile ↗