Artículo 1021 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Para otorgar un testamento cerrado, debes realizar el trámite ante un notario y tres testigos. Al igual que en otros casos, si no hay notario en la zona, el juez de letras puede cumplir esa misma función.
Art. 1021. El testamento solemne cerrado debe otorgarse ante un escribano y tres testigos. Podrá hacer las veces de escribano el respectivo juez letrado.
Fuente: BCN / LeyChile ↗