Artículo 1027 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si hiciste un testamento en el extranjero, será válido en Chile siempre que se ajuste a las leyes del país donde lo firmaste y se demuestre que el documento es auténtico según los procedimientos comunes.
Art. 1027. Valdrá en Chile el testamento escrito, otorgado en país extranjero, si por lo tocante a las solemnidades se hiciere constar su conformidad a las leyes del país en que se otorgó, y si además se probare la autenticidad del instrumento respectivo en la forma ordinaria.
Fuente: BCN / LeyChile ↗