Artículo 1067

Artículo 1067Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si dejas a un heredero decidir sobre una asignación y a él le conviene rechazarla, deberá cumplirla, a menos que tenga una razón muy justa. Si el rechazo no le beneficia a él ni a su familia, puede tomar la decisión libremente.

Texto oficial

Art. 1067. Si el cumplimiento de una asignación se dejare al arbitrio de un heredero o legatario, a quien aprovechare rehusarla, será el heredero o legatario obligado a llevarla a efecto, a menos que pruebe justo motivo para no hacerlo así. Si de rehusar la asignación no resultare utilidad al heredero o legatario, no será obligado a justificar su resolución, cualquiera que sea. El provecho de un ascendiente o descendiente, de un cónyuge o de un hermano o cuñado, se reputará, para el efecto de esta disposición, provecho de dicho heredero o legatario.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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