Artículo 1068

Artículo 1068Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Cuando una asignación pasa a otra persona por cualquier razón, esta también hereda las cargas u obligaciones asociadas. Además, si todos rechazan algo por ser demasiado pesado, el beneficio pasa finalmente a quienes fueron perjudicados con esos mismos gravámenes.

Texto oficial

Art. 1068. La asignación que por faltar el asignatario se transfiere a distinta persona, por acrecimiento, substitución u otra causa, llevará consigo todas las obligaciones y cargas transferibles, y el derecho de aceptarla o repudiarla separadamente. La asignación que por demasiado gravada hubieren repudiado todas las personas sucesivamente llamadas a ella por el testamento o la ley, se deferirá en último lugar a las personas a cuyo favor se hubieren constituido los gravámenes.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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