Artículo 1147 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Cuando un mismo bien se asigna a varias personas y una de ellas no puede o no quiere recibir su parte, la porción de esa persona se suma a las de los demás. A esto se le llama derecho de acrecer.
Art. 1147. Destinado un mismo objeto a dos o más asignatarios, la porción de uno de ellos, que por falta de éste se junta a las porciones de los otros, se dice acrecer a ellas.
Fuente: BCN / LeyChile ↗