Artículo 1215

Artículo 1215Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si haces un testamento nuevo, no se anula todo lo anterior automáticamente. Las disposiciones de tus testamentos antiguos siguen vigentes, siempre y cuando no contradigan o sean incompatibles con lo que escribiste en tus últimas voluntades. Lo nuevo no borra siempre lo viejo.

Texto oficial

Art. 1215. Un testamento no se revoca tácitamente en todas sus partes por la existencia de otro u otros posteriores. Los testamentos posteriores que expresamente no revoquen los anteriores, dejarán subsistentes en éstos las disposiciones que no sean incompatibles con las posteriores, o contrarias a ellas.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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