Artículo 1223 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si los bienes están en varias jurisdicciones, el juez donde se abrió la sucesión puede pedir, mediante exhortos, que otros jueces en esos lugares también realicen la guarda y aposición de sellos para proteger los bienes hasta que se haga el inventario.
Art. 1223. Si los bienes de la sucesión estuvieren esparcidos dentro del territorio jurisdiccional de otros jueces de letras, el juez de letras ante quien se hubiere abierto la sucesión, a instancia de cualquiera de los herederos o acreedores, dirigirá exhortos a los jueces de los otros territorios jurisdiccionales, para que procedan por su parte a la guarda y aposición de sellos, hasta el correspondiente inventario, en su caso.
Fuente: BCN / LeyChile ↗