Artículo 1229 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Puedes aceptar una herencia y rechazar otra distinta. Pero no puedes rechazar la parte que tiene una carga y aceptar las que no la tienen, a menos que la ley o el testamento te den permiso expreso para hacerlo por separado.
Art. 1229. Se puede aceptar una asignación y repudiar otra; pero no se podrá repudiar la asignación gravada, y aceptar las otras, a menos que se defiera separadamente por derecho de acrecimiento o de transmisión, o de substitución vulgar o fideicomisaria; o a menos que se haya concedido al asignatario la facultad de repudiarla separadamente.
Fuente: BCN / LeyChile ↗