Artículo 1339

Artículo 1339Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si al momento de repartir los bienes todavía hay frutos pendientes de cosecha o producción, estos se consideran parte del bien mismo. Por lo tanto, se deben incluir obligatoriamente al calcular el valor total de la propiedad al momento de adjudicar.

Texto oficial

Art. 1339. Los frutos pendientes al tiempo de la adjudicación de las especies a los asignatarios de cuotas, cantidades o géneros, se mirarán como parte de las respectivas especies, y se tomarán en cuenta para la estimación del valor de ellas.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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