Artículo 1353 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si no quieres o no puedes pedir la anulación del reparto de bienes, no te preocupes, porque todavía conservas otros derechos legales. Puedes usar distintas vías para buscar que te compensen o te indemnicen por cualquier problema que hayas sufrido antes.
Art. 1353. El partícipe que no quisiere o no pudiere intentar la acción de nulidad o rescisión, conservará los otros recursos legales que para ser indemnizado le correspondan.
Fuente: BCN / LeyChile ↗