Artículo 1378 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Los acreedores pueden pedir que los bienes del fallecido no se mezclen con los del heredero. Esto es el beneficio de separación: permite a los acreedores cobrar sus deudas usando primero los bienes del difunto, antes de que el heredero toque nada.
Art. 1378. Los acreedores hereditarios y los acreedores testamentarios podrán pedir que no se confundan los bienes del difunto con los bienes del heredero; y en virtud de este beneficio de separación tendrán derecho a que de los bienes del difunto se les cumplan las obligaciones hereditarias o testamentarias con preferencia a las deudas propias del heredero.
Fuente: BCN / LeyChile ↗